Inicio > Convocatorias > Ayudas

Ayudas

     
             


Se ha publicado en el BORM nº 212, lunes 14 de septiembre de 2026, Extracto de la Orden de la Consejería de Educación y Formación Profesional por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2025-2026. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928237) Beneficiarios: Los alumnos que reúnan los siguientes requisitos: a) Estar matriculados durante el curso 2025/2026 en niveles de la enseñanza obligatoria (Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial), segundo ciclo de Educación Infantil o en Formación Profesional Básica en el centro que les corresponda de acuerdo con la zonificación escolar establecida, o en otro centro decidido por la Comisión de Escolarización o por tratarse de alumnos de Educación Especial o de integración. b) Recorrer una distancia superior a 3 kilómetros desde su domicilio hasta el centro o hasta la parada del servicio de transporte escolar más próxima a su domicilio (considerando un solo recorrido por el itinerario más corto). Esta distancia solo deberá ser superior a 1 kilómetro cuando se trate de alumnos afectados por limitaciones físicas de tipo motórico que deban acudir al centro que les corresponda según la zonificación establecida o a aquel en que hayan tenido que ser escolarizados debido a sus condiciones de accesibilidad. c) Carecer de la posibilidad de cursar sus estudios en su localidad o zona de residencia por no existir en ellas centros sostenidos con fondos públicos que los impartan o por falta de plazas vacantes en ellos. d) En el caso de alumnos escolarizados en régimen de internado en centros con residencia, se podrán conceder las ayudas individualizadas de transporte a todos aquellos que deban desplazarse por sus medios a esos centros cuando no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería. Fuente: BORM

Se han publicado en el BORM nº 210, dell viernes 11 de septiembre de 2026, Extractos de la Orden de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social por la que se convocan subvenciones para programas de fomento de la economía social para el año 2026 referentes a los programas 1º a 5º. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: Programa 1º. https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928486 Programa 2º. https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928500 Programa 3º. https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928512 Programa 4º. https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928521 Programa 5º. https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928531 Beneficiarios. Para los programas 1º a 3º, pequeñas y medianas empresas de Economía Social, que tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma. Para los programas 4º y 5º, Organizaciones Empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial, que tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma. Objeto. Programa 1º. Subvencionar la incorporación en empresas de economía social, a partir del día 1 de octubre del 2025, de socios trabajadores, siempre que sean a tiempo indefinido y jornada completa, y que en la fecha de iniciación de la prestación de trabajo en los mismos concurra alguna de las circunstancias exigidas en la convocatoria. Programa 2º. Financiar las aportaciones dinerarias realizadas por cada socio trabajador que constituya la sociedad y/o que incremente el capital social escriturado de la empresa en cuantía no inferior a tres mil euros (3.000,00 euros), debiendo estar desembolsado en su totalidad. Programa 3º. Financiar las inversiones, realizadas y pagadas desde el día 1 de octubre del 2025, en activos fijos nuevos, o de segunda mano cuando se acredite que el proveedor es una empresa cuya actividad económica sea la venta y/o adecuación de bienes usados. Programa 4º. Subvencionar, a las organizaciones empresariales de economía social, la asistencia técnica prestada a las sociedades cooperativas y sociedades laborales para su constitución, siempre que se solicite su inscripción en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en el Registro Mercantil de la Región de Murcia, cuando proceda, a partir del día 1 de octubre de 2025. Programa 5º. Fomentar y consolidar las estructuras representativas o asociativas de la Economía Social en la Región de Murcia, para la representación y defensa de sus intereses, el desarrollo de fines comunes. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día de la entrada en vigor de la Orden de convocatoria y terminará el día 13 de octubre de 2026, salvo en el caso del programa 5º, que terminará al mes de su entrada en vigor. Fuente: BORM

Se ha publicado en el BOE nº 225, de 11 de septiembre de 2026, Extracto de la Resolución de la Dirección General del Instituto de la Juventud, por la que se convocan ayudas del Programa «Cuerpo Europeo de Solidaridad» correspondientes a la ronda de octubre de 2026. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928663) Los solicitantes deben presentar su solicitud electrónica utilizando únicamente los formularios específicos para cada acción y disponibles en el sitio web de la Agencia Nacional Española para la aplicación del Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad (en adelante ANE): https://programaseuropeos.injuve.es/ces/ El plazo para la presentación de solicitudes termina el 1 de octubre de 2026 a las 12.00 horas para los proyectos que comiencen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2027. Las referencias horarias a los plazos de presentación de solicitudes deberán entenderse referidas a la hora local de Bruselas (Bélgica). Véase el texto completo de esta Resolución y la guía del programa, disponible en la página web de la ANE, para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes generales y específicos para cada acción. Fuente: BOE

Se ha publicado en el BOE nº 224, de 10 de septiembre de 2026, Extracto Resolución de 9 de septiembre de 2026 de Dirección Fundación Biodiversidad, que aprueba la publicación de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para financiación de proyectos de Educación Ambiental para la Sostenibilidad e investigación sobre desinformación climática orientados a fortalecer el conocimiento científico, la innovación y la generación de evidencias en el marco del Plan de Acción de Educación Ambiental para la Sostenibilidad de la AGE 26-32. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928403) Esta convocatoria tiene por objeto cofinanciar actuaciones que contribuyan a fortalecer el conocimiento científico, la innovación y la generación de evidencias en el ámbito de la Educación Ambiental para la Sostenibilidad (EAS). La convocatoria tiene por objeto específico impulsar este conocimiento para dar respuesta a los principales retos ecosociales y favorecer una transición ecológica justa, a través de dos líneas de ayuda diferenciadas: a) Línea A) para iniciativas destinadas a contribuir al Plan de Acción de Educación Ambiental para la Sostenibilidad 2026-2032. b) Línea B) para iniciativas destinadas al estudio multidisciplinar y la prevención de la desinformación climática, a través del fortalecimiento de la cultura científica, el pensamiento crítico y la capacidad de la ciudadanía para identificar fuentes fiables e interpretar evidencias científicas, promoviendo una mejor comprensión de los desafíos ambientales y climáticos y favoreciendo el acceso, uso y difusión de información rigurosa y basada en evidencias científicas. Fuente: BOE

Se ha publicado en el BOE nº 223, de 9 de septiembre de 2026, Extracto de la Resolución de 1 de septiembre de 2026 de la Fundación Pluralismo y Convivencia F.S.P, por el que se convocan subvenciones destinadas a la realización de actividades de fortalecimiento de la convivencia y prevención de la intolerancia y la discriminación por motivos religiosos, año 2026. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928103) Entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria, las asociaciones, fundaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro constituidas al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, así como las entidades religiosas recogidas en el artículo 8 de los estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia F.S.P. Objeto. Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las entidades sin ánimo de lucro, en particular, las entidades religiosas pertenecientes a confesiones minoritarias, para llevar a cabo actuaciones que tengan por finalidad visibilizar la diversidad de creencias y convicciones, fomenten actitudes que valoren el derecho fundamental de libertad religiosa para todas las personas y contribuyan a prevenir los prejuicios, la intolerancia y la discriminación por motivos religiosos. Los solicitantes deberán presentar las solicitudes mediante medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en www.mpr.sede.gob.es accediendo a la Convocatoria 2026 desde el procedimiento abierto de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P. Fuente: BOE

Compartir en Facebook

Todos los contenidos tienen carácter divulgativo y en ningún caso sustituyen a las notmativas y legislaciones correspondientes a cada tema incluido en este sitio web. El centro Informajoven no se responsabiliza de los contenidos de las páginas Web de otras organizaciones, hacia las que se establecen enlaces desde nuestros documentos, igualmente, no asume la responsabilidad del estado de visualización, ni de los cambios y modificaciones que puedan sufrir dichas páginas y que no hayan sido comunicados a nuestro Centro por sus autores para su corrección oportuna.

© Ayuntamiento de Murcia, 2019. Glorieta de España, s/n - 30004 Murcia - España. Tel.: 968 35 86 00