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Ayudas

     
             


Convocatoria de proyectos para el Evento Europeo de la Juventud. El EYE (Evento Europeo de la Juventud) es un evento bienal que se celebra en el Parlamento Europeo en Estrasburgo y en línea, y reúne a miles de jóvenes de toda la Unión Europea y de otros países. El Parlamento Europeo busca un único beneficiario de una subvención que se encargará del diseño, la implementación y la coordinación del programa de actividades al aire libre en la Villa EYE. Qué es El objetivo de la convocatoria es la selección de dos organizaciones para, respectivamente: 1. Diseñar, implementar, comunicar y coordinar el programa de actividades al aire libre de EYE2027 (Evento Europeo de la Juventud 2027). 2. Diseñar e implementar un programa musical en el que participen artistas de entre 16 y 30 años, seleccionados mediante un concurso. Los solicitantes elegibles deben ser estar establecida en un Estado miembro de la UE; ser una entidad sin fines de lucro o equivalente de acuerdo con la legislación nacional; no tener afiliación política partidista; cumplir con los principios éticos y respetar los valores democráticos de la Unión Europea, tal como se establece en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea. Una organización juvenil o de la sociedad civil paneuropea. Fondos El presupuesto máximo disponible para esta convocatoria es de 300.000 euros. Fecha límite: 11 de junio de 2026, 17:00 CET Lea más aquí . Oportunidad ofrecida por: Parlamento Europeo

Se ha publicado en el BORM nº 62, del lunes 16 de marzo de 2026, Extracto de la Resolución de 10 de marzo de 2026, del Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, de convocatoria del cheque de innovación para la mejora de la salud financiera de las empresas. En el BORM nº 113, del martes 19 de mayo de 2026, se ha publicado modificación del plazo de convocatoria. EL texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el siguiente enlace: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/892419 Objeto. Programa de servicios de asesoramiento especializado a prestar por economista y abogado dirigido a microempresas de la Región de Murcia a través de un servicio de informe y diagnóstico de su situación que les permita identificar aspectos claves para el mantenimiento, diversificación, recuperación, reestructuración y crecimiento de su actividad empresarial. La cuantía máxima de ayuda por beneficiario es de 3.000 euros. Plazo de presentación de solicitudes. La solicitud de subvención se encuentra disponible en los modelos normalizados que se facilitan en la dirección de la sede electrónica del INFO https://sede.institutofomentomurcia.es y podrá presentarse desde las 9:00 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta las 23:59 horas del día 30 de diciembre de 2026. Los modelos normalizados necesarios para la posterior justificación se facilitarán igualmente en la citada dirección de la sede electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia Fuente: BORM

Se ha publicado en el BORM nº 111, del sábado 16 de mayo de 2026, Extracto Resolución 12 de mayo de 2025 de la Directora Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se convocan ayudas para proyectos que se ejecuten durante el año 2026, a través de subvenciones a fundaciones y asociaciones “sin ánimo de lucro” de pacientes y familiares de pacientes que desarrollen en la Región de Murcia, programas de prevención de la enfermedad, ayuda mutua y autocuidados para personas con enfermedades crónicas ejecutados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/905326) Serán objeto de subvención los que desarrollen alguna o algunas de las siguientes actividades: 1. Formación, información, divulgación y sensibilización de la población sobre la enfermedad y sus problemas asociados. En el caso de proyectos que incluyan la realización de actuaciones de formación se presentará la documentación acreditativa de la cualificación profesional de las personas que hayan de realizarlas y, de forma obligada, el proyecto de formación. 2. Actividades de carácter sanitario dirigidas a mejorar la asistencia y la calidad de vida de los enfermos, entendiendo como tales, la rehabilitación, la logopedia y la terapia ocupacional, entre otras. 3. Ayuda a personas con trastornos de la conducta alimentaria. 4. Actividades de acompañamiento, de carácter lúdico, entretenimiento, educativas o mediación, dirigidas a los pacientes ingresados en los centros hospitalarios de la Región. 5. Atención y apoyo psicológico y emocional al enfermo y sus familiares. 6. Promoción de hábitos de vida saludables que incidan favorablemente en la evolución y pronóstico de la enfermedad. 7. Actuaciones dirigidas a la promoción de la solidaridad, evitando cualquier tipo de discriminación de los enfermos y fomentando el reconocimiento de los derechos que el ordenamiento jurídico les otorga. 8. Actividades dirigidas a cubrir necesidades de carácter sanitario de los enfermos, no cubiertas por el Sistema Sanitario Público. 9. Atención a pacientes en riesgo de exclusión social, con discapacidad o en estadio de enfermedad avanzada, mejorando así su calidad de vida. Fuente: BORM

Importe: Subvención a fondo perdido con una intensidad a tipo fijo del 60% del gasto subvencionable y un importe máximo por beneficiario de 30.000 euros Ayuda con carácter de minimis. Reglamento (UE) Nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023. Beneficiario: PYMES, comunidades de bienes, autónomos y personas jurídicas, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura, y a la producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Solo podrán solicitar estas ayudas aquellas empresas cuyo volumen de exportación, entendiendo por tales las entregas extracomunitarias del año 2023 no rebase el 50% de su facturación total. Se considerarán costes subvencionables: a) Costes derivados de los desplazamientos de una persona de la empresa a los mercados objetivo para la realización de las acciones contempladas en su plan de internacionalización. b) Costes vinculados a la participación, de forma agrupada o individual, en ferias, eventos expositivos y promocionales de carácter internacional, demostraciones de producto, presentaciones, temporary shops, desfiles, festivales, certámenes, exposiciones, jornadas técnicas, degustaciones, catas, promociones en punto de venta o similares, encuentros internacionales b2b u otros eventos de similar naturaleza. c) Costes relacionados con las acciones de marketing internacional. f) Costes derivados de la puesta en marcha de una oficina de representación en el exterior. g) Costes indirectos, calculados como el 5% de la suma de los costes aprobados y comprobados. Fuente: INFO

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