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Ayudas

     
             


El BOE del 3 de marzo de 2026 publica un Extracto de la Resolución de 26 de febrero de 2026, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiar los programas experienciales de empleo y formación TándEM dirigidos a personas desempleadas menores de 30 años, para entidades privadas sin ánimo de lucro. El objeto y ámbito de aplicación de esta resolución es la aprobación de la convocatoria correspondiente a los ejercicios 2026 y 2027, en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal, de las subvenciones destinadas a la financiación de proyectos que se desarrollen en el marco de los programas experienciales de empleo y formación TándEM dirigidos a personas desempleadas menores de 30 años, previstos en los artículos 30 a 35 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo. Esta convocatoria tiene ámbito estatal, correspondiendo su financiación, gestión y control al Servicio Público de Empleo Estatal. Estas subvenciones tienen como finalidad mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas menores de 30 años participantes en los programas experienciales de empleo y formación TándEM, mediante su cualificación en alternancia con la práctica profesional, a través de proyectos de carácter temporal. Los proyectos que se subvencionen al amparo de esta convocatoria deberán responder preferentemente a la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, la rehabilitación de entornos urbanos o naturales, la eficiencia energética y las energías renovables, las actividades económicas tradicionales o innovadoras basadas en la tecnología digital, y en todo caso, a: Las necesidades del mercado. Cualquier otra actividad de utilidad pública o de interés general y social, que permita compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en el puesto de trabajo. No pueden concurrir corporaciones locales (ayuntamientos) sino que se dirige entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones...) con subgrupos paralelos en más de una Comunidad Autónoma. Podrán beneficiarse de las subvenciones para proyectos de programas experienciales de empleo y formación TándEM dirigidos a personas desempleadas menores de 30 años, las entidades privadas sin ánimo de lucro que los promuevan. Fuente: INJUVE

Se ha publicado en el BORM nº 45, martes 24 de febrero de 2026, Extracto de la Resolución de 19 de febrero de 2026 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del programa de subvenciones “Cuota Cero Ampliada”. Constituye el supuesto de hecho objeto de subvención, la realización de una actividad económica en la Región de Murcia por cuenta propia desarrollada a tiempo completo, que conlleve la obligación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), cuando concurran los requisitos para ser beneficiario establecidos más adelante. La cuantía individualizada consiste en la suma de las siguientes cantidades, de acuerdo con el artículo 9 de la orden de bases: una ayuda al establecimiento inicial por cuenta propia de 1.000,00 euros. una ayuda para sufragar los gastos del mantenimiento de la actividad por cuenta propia, equivalente a la cuantía de la cuota reducida regulada en el artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, multiplicada por 24, que para el año 2026 asciende a 80 euros. El plazo de presentación de solicitudes de subvención será el siguiente: Plazo general de la convocatoria: El plazo general de la convocatoria se encontrará abierto desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM hasta el 15 de octubre de 2026, sin perjuicio del plazo individualizado al que se encuentra sujeta cada concreta solicitud. Las solicitudes de subvención presentadas fuera de este plazo se inadmitirán a trámite. Plazo individualizado de las solicitudes: El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de 1 mes, contado a partir de la fecha de alta en RETA. Fuente: BORM

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