Inicio > Convocatorias > Ayudas

Ayudas

     
             


Se convocan las ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística de guías de turismo, para la reactivación y dinamización de su actividad, en su labor de difusión y promoción de los destinos turísticos locales. Beneficiarios: podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria los guías de turismo que ejerzan su actividad por cuenta propia y las empresas con actividad turística que contraten habitualmente a guías de turismo por cuenta ajena, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 178/1995 de 20 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Murcia, debiendo cumplir los siguientes requisitos: a) Los guías de turismo por cuenta propia, deben estar habilitados y figurar en la Sección de Guías de Turismo de la Región de Murcia dependiente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2 y 8 del Decreto 178/1995 de 20 de diciembre. b) Las empresas con actividad turística que contraten habitualmente a guías turísticos, deben estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Asimismo, los guías que señalen para realizar las visitas deberán estar igualmente habilitados y figurar en la Sección de Guías de Turismo de la Región de Murcia dependiente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Bases reguladoras: Orden de 4 de diciembre de 2023 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística de guías de turismo, para la reactivación y dinamización de su actividad, en su labor de difusión y promoción de los destinos turísticos locales. (BORM n.º 289 de 16/12/2023). Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico que estará disponible en https://sede.carm.es/ y solo se podrá presentar una solicitud por cada solicitante, considerándose únicamente como válida la última presentada. Convocatoria completa Anuncio de la convocatoria en el BORM

La Fundación Cajamurcia y CaixaBank ponen en marcha esta convocatoria Acción Social 2025 para alentar la igualdad de oportunidades y la plena inclusión social, así como el respeto a los valores y a los recursos medioambientales. El objetivo de la convocatoria es contribuir a la promoción de proyectos que tengan como finalidad: • Fomentar el empleo. • Fomentar el desarrollo local. • Mejorar la calidad de vida de personas en situación de desempleo, personas con discapacidad u otro colectivo en riesgo de exclusión social. SOLICITANTES: Pueden concurrir a esta convocatoria aquellas entidades privadas, de iniciativa social, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y que dispongan de sede o delegación inscrita en el registro correspondiente en la Región de Murcia. No podrán optar a esta convocatoria asociaciones juveniles, clubs deportivos, asociaciones de vecinos, centros educativos, fundaciones corporativas y otras entidades cuyo fin principal no sea la intervención social y/o medioambiental. Las entidades solicitantes deberán acreditar una antigüedad mínima de 2 años y disponer de estructura de gestión y de la cualificación profesional adecuada para garantizar la viabilidad del proyecto y la consecución de los objetivos en el ámbito geográfico donde se vaya a desarrollar el proyecto. Asimismo, deberán contar con recursos adicionales, bien propios o bien de entidades privadas (no vinculadas con Grupo CaixaBank) o entes públicos, ya que en ningún caso se podrá solicitar más del 70% del coste total del proyecto. La actividad objeto de convenio de colaboración deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2025 y haberse iniciado a lo largo del presente año. Más información y solicitudes

El Ayuntamiento de Murcia convoca , en régimen de concurrencia competitiva, concesión de subvenciones para la realización de programas, proyectos y/o actividades que impulsen la empleabilidad en el municipio de Murcia durante el 2025. El objetivo es la realización de proyectos, programas y actividades que impulsen y faciliten algunas de las actuaciones contenidas en los siguientes apartados, siempre y cuando todas ellas se realicen en el municipio de Murcia: Línea 1. Orientación. Comprende las actuaciones de información, orientación profesional, motivación, asesoramiento, diagnóstico y determinación del perfil profesional y de competencias, diseño y gestión de la trayectoria individual de aprendizaje, búsqueda de empleo, intermediación laboral y, actuaciones de apoyo a la inserción de personas beneficiarias. Línea 2. Formación. Actuaciones de formación en el trabajo, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los programas públicos de empleo y formación, que permitan al beneficiario adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral, teniendo en cuenta la brecha digital existente y garantizando la atención presencial a la población que la padece. Línea 3. Oportunidades de empleo. Incluye las actuaciones que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo. También incluye las dirigidas a facilitar la movilidad geográfica o promover la contratación en sectores de actividad diferentes de aquellos en los que se hubiera trabajado habitualmente. Línea 4. Emprendimiento. Comprende las actividades dirigidas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, así como las encaminadas a la generación de empleo, actividad empresarial y dinamización e impulso del desarrollo económico local. Cuantía económica: Se fija en 15.000 € el importe máximo que se podrá asignar a cada entidad solicitante. Solamente se podrá subvencionar un proyecto por entidad. En caso de que la entidad presente varios proyectos, será subvencionado, en su caso, el que alcance mayor puntuación. Se realizará el pago del 60% del importe de la subvención concedida con carácter anticipado a su justificación; el 40% restante se realizará previa justificación del importe total de la subvención aprobada. Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán según modelo disponible en el área de Educación, Formación y Empleo de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia (https://sede.murcia.es), y deberán ir acompañadas de la documentación que acredita los requisitos de la convocatoria. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia (BORM_36_14/02/203).

Se convocan para el curso académico 2023-2024, las ayudas individualizadas de transporte para colaborar en los gastos de transporte de los alumnos escolarizados en los centros públicos de la Región de Murcia en los niveles obligatorios de la enseñanza y segundo ciclo de Educación Infantil y aquellos que cursan Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica, y que no disponiendo de centro docente adecuado al nivel de estudios que deben cursar en la localidad o zona rural donde tengan fijado su domicilio familiar, no puedan hacer uso para asistir al centro de las rutas de transporte escolar contratadas al efecto por esta Consejería. Los alumnos para los que se solicite la ayuda individualizada de transporte deberán reunir los siguientes requisitos: a) Estar matriculados durante el curso 2023-2024 en niveles de la enseñanza obligatoria (Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial), segundo ciclo de Educación Infantil o en Formación Profesional Básica en el centro que les corresponda de acuerdo con la zonificación escolar establecida, o en otro centro decidido por la Comisión de Escolarización o por tratarse de alumnos de Educación Especial o de integración. b) Recorrer una distancia superior a 3 kilómetros desde su domicilio hasta el centro o hasta la parada del servicio de transporte escolar más próxima a su domicilio (considerando un solo recorrido por el itinerario más corto). Esta distancia solo deberá ser superior a 1 kilómetro cuando se trate de alumnos afectados por limitaciones físicas de tipo motórico que deban acudir al centro que les corresponda según la zonificación establecida o a aquel en que hayan tenido que ser escolarizados debido a sus condiciones de accesibilidad. c) Carecer de la posibilidad de cursar sus estudios en su localidad o zona de residencia por no existir en ellas centros sostenidos con fondos públicos que los impartan o por falta de plazas vacantes en ellos. d) En el caso de alumnos escolarizados en régimen de internado en centros con residencia, se podrán conceder las ayudas individualizadas de transporte a todos aquellos que deban desplazarse por sus medios a esos centros cuando no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería. Las Secretarías de los centros educativos certificarán el cumplimiento de los anteriores requisitos. Bases reguladoras: Orden de la Consejería de Educación y Universidades de 7 de junio de 2016, publicadas en el BORM número 133 de 10 de junio de 2016. Convocatoria completa Publicación en el BORM

Se convocan plazas para auxiliares de conversación extranjeros para el curso académico 2025-2026, cuya finalidad e llevar a cabo tareas en el aula como ayudantes de prácticas de conversación en alemán, chino, francés, inglés, italiano o portugués bajo la dirección de un profesor tutor. Los beneficiarios son: ciudadanos extranjeros que hayan obtenido una titulación universitaria o estudiantes universitarios, como mínimo de segundo curso, al cierre de la convocatoria; con nacionalidad o residencia permanente en Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canadá, China, Costa de Marfil, Dinamarca, Estados Unidos, Filipinas, Finlandia, Francia, Hungría, India, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Malta, Marruecos, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Paises de Oceanía (Fiyi, Islas Salomón, Tonga y Vanuatu), Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Singapur, Suecia, Suiza, Tailandia y Túnez, o cualquier otro país con el que pueda formalizarse un Convenio Bilateral de Cooperación Cultural, Científica y Técnica o Memorando de Educación durante el plazo de la presente convocatoria. Bases reguladoras: orden ECI/1305/2005 de 20 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva. Importe: la dotación de cada ayuda individual será por una cuantía máxima de seis mil cuatrocientos euros (6.400 €) por curso académico, más gastos de seguro médico y curso de formación inicial. Convocatoria completa Anuncio en el BOE

Compartir en Facebook

Todos los contenidos tienen carácter divulgativo y en ningún caso sustituyen a las notmativas y legislaciones correspondientes a cada tema incluido en este sitio web. El centro Informajoven no se responsabiliza de los contenidos de las páginas Web de otras organizaciones, hacia las que se establecen enlaces desde nuestros documentos, igualmente, no asume la responsabilidad del estado de visualización, ni de los cambios y modificaciones que puedan sufrir dichas páginas y que no hayan sido comunicados a nuestro Centro por sus autores para su corrección oportuna.

© Ayuntamiento de Murcia, 2019. Glorieta de España, s/n - 30004 Murcia - España. Tel.: 968 35 86 00