Inicio > Convocatorias > Ayudas

Ayudas

     
             


Es objeto de la presente convocatoria colaborar económicamente con los profesionales de las artes escénicas de la Región de Murcia que resulten beneficiarios, cubriendo parte de los gastos que, en concepto de desplazamiento hasta la ciudad de representación, manutención y alojamiento, asumen cuando realizan giras de espectáculos fuera de la Región, ya sea en el ámbito nacional o internacional. Para tal fin se podrá solicitar ayuda económica para aquellos espectáculos que se programen y sean efectivamente representados durante todo el ejercicio 2025. Podrán obtener la condición de beneficiario aquellos solicitantes que cumplan los siguientes requisitos: - Ser persona física o jurídica con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. - Desarrollar su actividad principal en el ámbito de las artes escénicas, debiendo para ello tener la condición de inscritos y en alta, tanto en el momento de la solicitud como a lo largo de todo el ejercicio, en alguno de los epígrafes comprendidos en el rango entre el 965.1 y el 965.4 del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), así como en la Tesorería General de la Seguridad Social. - Poseer un mínimo de doce meses de antigüedad en los epígrafes del IAE indicados en el punto anterior, aunque no sean de forma continuada, en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria. - En el supuesto de personas físicas que concurran como solicitantes a la presente ayuda, deberán poseer la condición de miembro integrante de facto de los espectáculos objeto de ayuda, es decir, participar de manera efectiva y real en los espectáculos representados. - Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda, siendo de obligado cumplimiento el mantenimiento de éstos durante la ejecución y justificación de la presente ayuda. Bases legales: la concesión de las ayudas económicas se regirá por lo previsto en la presente Resolución y, en lo no previsto en la misma, por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los beneficiarios quedan obligados a justificar la totalidad de los gastos detallados en el presupuesto remitido en fase de solicitud, no sólo la parte correspondiente a la ayuda recibida en el plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, a partir de la finalización de la actividad. En caso de que la actividad subvencionada se haya realizado con anterioridad a la resolución definitiva de concesión, el plazo para justificar será de TREINTA DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente a la publicación de la citada resolución. Convocatoria completa Publicación de la convocatoria en el BORM

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva a la producción y exhibición de proyectos en materia de artes plásticas y visuales (pintura, escultura, dibujo, grabado, fotografía, procedimientos mixtos, vídeo creación o cualquier otra modalidad de lenguaje plástico como arte sonoro, arte digital o performance) en espacios de arte ubicados fuera del territorio regional. Sobre los espacios de exhibición, deberá quedar acreditado que cuentan con una programación en materia de Arte Contemporáneo continuada y de calidad, (aunque se trate de una sala ubicada en un Centro de uso para otros fines, la sala ha de estar dedicada únicamente y en exclusiva al fin de esta convocatoria). La finalidad prioritaria de la convocatoria es impulsar la carrera de nuestros creadores y contribuir al crecimiento de un sector creativo estable, innovador y competitivo en nuestra Región, ayudando a los artistas en la realización y visualización nacional y/o internacional de proyectos artísticos que se consideren de particular interés y cumplan con el objeto de la convocatoria. Podrán beneficiarse de las ayudas que contempla esta convocatoria aquellos artistas visuales, incluyendo aquellos dedicados a la fotografía artística y documental, que realicen las actividades a la que se refiere el artículo primero y cumplan los requisitos establecidos en la presente Resolución y en la normativa vigente en materia de subvenciones. Bases legales: La concesión de las subvenciones se regirá por lo previsto en la presente Resolución y, así como por lo previsto por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (LSRM), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS). Presentación de solicitudes: A través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, www.sede.carm.es siendo necesario cumplimentar la solicitud cuyo modelo figura como ANEXO I, que estará disponible a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM con el número de procedimiento “4583 AYUDAS ECONÓMICAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A LA PRODUCCIÓN Y EXHIBICIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL DE PROYECTOS DE ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES” de la “Guía de Procedimientos y Servicios”, desde el que también podrá acceder al indicado formulario de la solicitud y a los anexos correspondientes. Convocatoria completa Publicación de la convocatoria en el BORM

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia lanzó en mayo de 2021 línea ICREF AVAL JOVEN. A través de esta ayuda regula el acceso a la vivienda de jóvenes con el fin de favorecer por primera vez, el acceso a una vivienda en régimen de propiedad. Esta línea de avales, se gestiona en colaboración con el ICREF. La línea ICREF Aval Joven para acceso de los jóvenes a una vivienda en régimen de propiedad, a través de la regulación de una línea de avales, ofrece una cobertura temporal y parcial sobre la financiación que necesitan para el acceso a su primera vivienda. Debido a la subida generalizada de los costes de construcción desde el año 2021 y en consecuencia el incremento de los precios de compraventa de las viviendas, así como al límite del conjunto de ingresos de las personas solicitantes y de las que vayan a integrar la unidad de convivencia, para equipararlo al del régimen de viviendas de protección oficial que rige en nuestra región se ha modificado el límite máximo del precio de venta de las viviendas y se prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2025, el plazo de presentación de solicitudes. Modificaciones: - Plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2025. - Que el conjunto de ingresos de las personas solicitantes y de las que vayan a integrar la unidad de convivencia, no superen el límite de 6,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (en adelante IPREM) - El precio máximo de adquisición de la vivienda, sin los gastos y tributos inherentes a la adquisición, sea igual o inferior a doscientos veinte mil euros. A esta línea de avales podrán acceder las personas de hasta 40 años de acuerdo con los criterios y requisitos que se definen en la convocatoria. Siempre que se cumplan los requisitos, el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia (en adelante ICREF) otorgará un aval de hasta el 20% del préstamo hipotecario de financiación de la vivienda. Esta línea de avales está gestionada en colaboración con el ICREF y las entidades financieras participantes (en adelante la Entidad financiera), a través de convenios de colaboración. Entidades Financieras colaboradoras en la Región de Murcia: - Cajamar -Caja Rural Central - Caja Rural Regional La solicitud deberá presentarse por las personas interesadas ante la Entidad financiera, cumpliendo las condiciones y rellenando el modelo que figura en el anexo I de la convocatoria: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2021/numero/3717/pdf?id=794369 Acreditación de las condiciones de acceso: Para acreditar los requisitos a que se refiere los artículos 7 y 8 deberán presentarse, ante la entidad financiera, los siguientes documentos: a) Solicitud y declaración responsable conforme al modelo establecido en anexo I a la Orden. b) Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en territorio español. c) Documento, válido en derecho, acreditativo del nivel de ingresos de las personas solicitantes y de los miembros que vayan a integrar la unidad de convivencia, correspondiente al ejercicio fiscal cerrado inmediatamente anterior al último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de la solicitud de la financiación. d) Certificado catastral o nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de las personas solicitantes y de los miembros que vayan a integrar la unidad de convivencia. e) Contrato de compraventa de la vivienda adquirida. f) documento en modelo que se acompaña como anexo II de la Orden, relativo a la consulta y tratamiento de datos personales.

El Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia convoca ayudas económicas en régimen de concurrencia no competitiva, a artistas y profesionales emergentes en materia de artes plásticas y visuales (pintura, escultura, dibujo, grabado, fotografía, procedimientos mixtos, vídeo creación o cualquier otra modalidad de lenguaje plástico como arte sonoro, fotografía artística y documental. el arte digital o performance) con motivo de su asistencia a exposiciones propias o residencias artísticas. A efectos de la convocatoria se considerará como emergente a un artista, creador, creadora, profesional o grupo artístico en un estadio inicial o medio de su carrera y con necesidad de proyección nacional o internacional. Asimismo, serán considerados emergentes aquellos profesionales que, aun teniendo una trayectoria consolidada en España, precisen un refuerzo internacional para el impulso de su carrera. Las ayudas se concederán atendiendo a la cuantía y dimensión del gasto solicitado, con los siguientes importes individualizados: Importe solicitado -- Importe subvención Inferior a 1.500,00 € -- cuantía solicitada De 1.500,00 € a 2.999,00 € -- 1.500,00 € De 3.000,00 € a 4.999,00 € -- 3.000,00 € De 5.000,000 € en adelante -- 5.000,00 € Se admitirá un único proyecto por solicitante, sin que un mismo solicitante pueda concurrir simultáneamente de forma individual e integrado en una agrupación con otros artistas. Presentación de solicitudes: A través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, www.sede.carm.es siendo necesario cumplimentar la solicitud cuyo modelo figura como ANEXO I, que estará disponible a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM con el número de procedimiento “2385 AYUDAS ECONÓMICAS a PROFESIONALES DE LAS ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES PARA MOVILIDAD NACIONAL O INTERNACIONAL” de la “Guía de Procedimientos y Servicios”, en sede.carm.es desde el que también podrá acceder al indicado formulario de la solicitud y a los anexos correspondientes. Toda la información de la convocatoria se puede encontrar en el BORM del 19 de diciembre de 2024: https://www.borm.es/#/home/anuncio/19-12-2024/6414

Ayudas para enseñar español en las universidades extranjeras relacionadas en la convocatoria que contribuyan al fortalecimiento y promoción de la enseñanza del español, a la formación y a la adquisición de experiencia docente de los lectores en la enseñanza del español como lengua extranjera. Beneficiarios: - Solicitantes de un lectorado vacante o nuevo: Ciudadanos españoles, con edad no superior a los 37 años en el primer día del mes de inicio del lectorado, que cumplan todos los requisitos establecidos en el apartado segundo de la convocatoria. - Solicitantes de renovación de lectorado: Ciudadanos españoles que ostenten la condición de lector MAEC-AECID por un período consecutivo inferior a tres cursos académicos en la misma universidad, que cumplan todos los requisitos establecidos en el apartado segundo de la convocatoria. Bases reguladoras: Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional (BOE núm. 99, de 26 de abril de 2005). N.º máximo de beneficiarios: 147. Las ayudas consisten en: dotación mensual que variará en función del país y universidad de destino; una ayuda complementaria de incorporación presencial de acuerdo con el país de destino; hasta 250 € para la adquisición de material didáctico para la enseñanza del español; hasta 250 € de ayuda para formación y bolsas de viaje en compensación por gastos para asistir a reuniones de lectores sobre temas o actividades relacionadas con las funciones propias del programa de lectorados, todo ello en los términos especificados en la convocatoria. Plazo de presentación de solicitudes: - Lectorados vacantes y nuevos: Del 13 al 30 de enero de 2025. - Lectorados de renovación con fecha de inicio entre los meses de julio y octubre de 2025: Del 13 al 21 de enero de 2025. - Lectorados de renovación con fecha de inicio en diciembre de 2025 y enero de 2026: Del 22 al 29 de abril de 2025. El régimen horario del cómputo de plazos se establecerá de acuerdo con el calendario, fecha y hora oficial publicado en la Sede Electrónica de la AECID. Convocatoria completa Extracto de la convocatoria en el BOE

Compartir en Facebook

Todos los contenidos tienen carácter divulgativo y en ningún caso sustituyen a las notmativas y legislaciones correspondientes a cada tema incluido en este sitio web. El centro Informajoven no se responsabiliza de los contenidos de las páginas Web de otras organizaciones, hacia las que se establecen enlaces desde nuestros documentos, igualmente, no asume la responsabilidad del estado de visualización, ni de los cambios y modificaciones que puedan sufrir dichas páginas y que no hayan sido comunicados a nuestro Centro por sus autores para su corrección oportuna.

© Ayuntamiento de Murcia, 2019. Glorieta de España, s/n - 30004 Murcia - España. Tel.: 968 35 86 00