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Ayudas

     
             


El Ayuntamiento de Murcia convoca ayudas destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Ayuntamiento de Murcia enmarcadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con cargo a los Fondos Next Generation EU. La ayuda irá destinada a financiar la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominantemente residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o re-urbanización de espacios públicos dentro del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada delimitado por el Ayuntamiento de Murcia (ERRP Murcia 1-Barrios). El ERRP, Entorno Residencial de Rehabilitación Programada es un área delimitada del municipio, en la que se pueden realizar actuaciones en viviendas unifamiliares y edificios residenciales, obras de reurbanización y mejora urbana, y cuyo fin es la reducción de consumo de energía y de las emisiones. Toda la información en: Oficina de Rehabilitación de Vivienda (ORVAM) ubicada en el Edificio de usos múltiples municipal de Abenarabi. email: orvam@ayto-murcia.es Tlf: 968 358600 Extensión: 57268 Las actuaciones objeto de la ayuda, serán seleccionadas por riguroso orden de presentación de solicitud hasta el agotamiento de fondos. El importe máximo de la subvención otorgada, por solicitante, quedará sujeto al ahorro energético efectivo obtenido tras la finalización de la obra, siempre que la mejora sea como mínimo del 30%. Dependiendo del porcentaje de mejora energética conseguido la cuantía de ayuda por vivienda alcanzará hasta los máximos de 8.100 euros o el 40% del coste de la actuación, de hasta 14.500 euros o el 65% del coste de la actuación, y hasta 21.400 euros o el 80% del coste de la actuación si la mejora energética es igual o superior 60%. No obstante, en aquellas unidades de convivencia en las que se identifique una situación de vulnerabilidad económica, se podrá conceder una ayuda adicional que podrá alcanzar hasta el 100% del coste de la actuación. Las solicitudes de subvención se formalizarán según modelo normalizado disponible en Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia https://sede.murcia.es y deberán ir acompañadas de la documentación requerida para acreditar los requisitos establecidos en los criterios aprobados. En la solicitud se podrá solicitar el pago anticipado del 50% de la subvención que se pagará en el momento de la concesión de la ayuda, con carácter de pago anticipado, a solicitud de los destinatarios finales y previa aceptación de las condiciones de la ayuda con el anexo VII, siempre que cumplan con las condiciones establecidas para ello en el Real Decreto 853/2021 de 5 de octubre. Bases reguladoras: Las bases reguladoras de las ayudas será la Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia, aprobada por el Pleno en sesión de 24 de noviembre de 2022 y publicada el 14 de febrero de 2023 en el BORM. Texto completo en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/771992

La Universidad de Murcia con el fin de ampliar las oportunidades de participación de estudiantes en movilidades internacionales, fomentar el desarrollo de planes de estudio transnacionales y transdisciplinares, así como atraer a estudiantes con oportunidades de movilidad limitadas, convoca ayudas para la realización de movilidad virtual y física en el marco de programas de movilidad combinada Erasmus+: Programas Intensivos Combinados (BIP) y Movilidades intensivas combinadas de corta duración (BIM). Bases reguladoras: Resolución del Rector de la Universidad de Murcia R-916/2024, de 15 de julio, por la que se aprueba la convocatoria abierta y permanente del programa ERASMUS+ para realizar movilidades combinadas de corta duración en el curso académico 2024/2025. Número y cuantía de ayudas: variable hasta agotar presupuesto, por un importe global de 80 000 euros. Presentación de solicitudes: la presentación de la solicitud y de la documentación adjunta se realizará través del Portal de Movilidad de la Universidad de Murcia https://movilidad.um.es o empleando el formulario de candidatura, según Anexo I, a través del Registro Electrónico de la Universidad de Murcia, mediante instancia básica en la que habrá de expresarse el propósito de participar en la convocatoria de Programas Intensivos Combinados y en la que habrá de identificarse como unidad de destino el Servicio de Movilidad Internacional. El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/775491

El objeto de la convocatoria es contribuir a financiar las actividades de las confederaciones y federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos y a sufragar parte de los gastos necesarios para la realización de dichas actividades. Cuantía: Importe de las ayudas 255.450,00 euros, a repartir entre las dos confederaciones de ámbito estatal más representativas y confederaciones y federaciones con asociaciones en centros de distintas Comunidades Autónomas. Otros datos: La documentación requerida para participar en esta convocatoria, es la siguiente: a) Presupuesto desglosado de ingresos según el modelo que se acompaña como Anexo I de la Resolución indicada. b) Presupuesto desglosado de gastos por costes indirectos según el modelo que se acompaña como Anexo II de la Resolución indicada. c) Plan de las actividades que se proyectan realizar durante el año 2024. d) Presupuesto desglosado de los gastos derivados de cada actividad, según el modelo que se acompaña como Anexo III de la Resolución indicada. e) Importe de las ayudas recibidas en el año 2023 con cargo a presupuestos de organismos públicos distintos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y de las solicitadas o ya concedidas para el 2024. f) Certificado del acuerdo del órgano competente de la confederación o federación por el que se acuerda solicitar la ayuda. g) Declaración firmada por el Presidente de la confederación o federación por la que se compromete a devolver, en el plazo de quince días, la totalidad o parte de la ayuda que se reciba, cuando así le sea requerido por la Administración por falta de justificación o justificación insuficiente de las cantidades concedidas. h) Listado de asociaciones de madres y padres de alumnos que integran la federación y las federaciones que integran la confederación, con arreglo a los modelos de los anexos IV y V de la Resolución indicada. i) Certificado/s de los órganos gestores de los censos de las comunidades autónomas de inscripción de las entidades de padres ubicadas en sus respectivos territorios o, en su caso, certificado del Presidente con los requisitos del apartado octavo.1 de la convocatoria. j) Certificado, en su caso, de la representación a efectos del trámite de audiencia a la que se refiere el apartado noveno.2 de la convocatoria. El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/775809

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