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Aspectos Laborales

 


3. ASPECTOS LABORALES

A la hora de buscar y encontrar un trabajo en el extranjero conviene que conozcas algunas cosas que te serán de utilidad y que se refieren a los trámites relacionados con el puesto de trabajo, las condiciones del mismo, los impuestos y derecho a prestaciones por desempleo.
En los países de la Unión Europea basta el documento de identidad o el pasaporte si la estancia no va a superar los tres meses.
Si vas a permanecer en el país más de este tiempo deberás conseguir el Permiso de Residencia Comunitario. Para ello deberás dirigirte con tu documento de identidad o pasaporte, tres fotografías y una carta de tu empleador o certificado de trabajo a, según los países, la oficina de extranjeros, comisaría de policía o a los ayuntamientos. Puedes trabajar, no obstante, antes de su expedición.
Conviene, y a veces es imprescindible, que abras una cuenta bancaria ya que en muchos casos, los salarios se abonan directamente en tu cuenta. Deberás para ello acreditar tu identidad y aportar alguna prueba de estar viviendo en el país.

Las condiciones de trabajo.

Contratos.
El contrato es el acuerdo formal entre quien presta sus servicios profesionales por cuenta ajena y quien requiera de estos servicios. Debe contener información en cuanto al salario, las funciones, el lugar habitual de trabajo, horario normal, vacaciones remuneradas, etcétera.
En todos los países se admiten y son válidos los contratos verbales en donde no tengas que firmar nada, aunque siempre es recomendable que obtengas uno por escrito. Algunos tipos de contrato como los de tiempo parcial y de interinidad deben realizarse necesariamente por escrito.
En cualquier caso, la legislación comunitaria obliga al empresario a informar por escrito al trabajador de las disposiciones principales de la relación laboral.

Salarios.
Conviene que tengas en cuenta que no en todos los países existe un salario mínimo regulado por ley como ocurre en España. Sí existen en Francia, en Bélgica, en Islandia, en Luxemburgo, en los Países Bajos y en Portugal. Como norma regular te recordamos que en todo el ámbito de la Unión Europea se suelen acordar por los convenios colectivos o por acuerdos individuales entre el trabajador y la empresa.

Jornada de trabajo.
Hay diferencias en cuanto al límite máximo legal permitido en cada país pero encontrarás que según los lugares la jornada normal varía de entre las 36 y las 42 horas de trabajo semanal. El contrato y los convenios serán quienes determinen este punto.

Las vacaciones.
Los días de vacaciones anuales obligatorias varían entre los 20 y los 30 a los que hay que sumar los días festivos oficiales que encontrarás entre 8 y 12 según los países.


En caso de problemas.
Si tienes problemas en tu lugar de trabajo (despido improcedente, discriminación, asuntos de salud y seguridad u otros) puedes acudir a los comités de empresa que existirán si el centro tiene un número suficiente de trabajadores, hablar con el representante de la empresa o bien acudir, dependiendo del lugar donde te halles, a los sindicatos, servicios locales de empleo o a la inspección de trabajo.


Prestaciones por desempleo.
Si eres beneficiario de una prestación por desempleo tienes la posibilidad de percibirla en algún estado miembro del Espacio Económico Europeo. El INEM debe autorizar tu salida de España y la finalidad del viaje ha de ser la búsqueda de empleo en el país de destino.
La permanencia en el Estado miembro del EEE no podrá superar los tres meses al cabo de los cuales, si no has encontrado empleo, se extingue el derecho a cobrar si decides prolongar tu estancia.
Infórmate en tu oficina del INEM. Támbien puedes consultar el Capitulo Prestaciones por desempleo en la web del INEM.
http://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/distributiva_prestaciones.html

Los requisitos para generar derecho a prestaciones por desempleo en los países de la UE son muy variados. En todos ellos, como en el nuestro, hace falta haber estado ocupado con anterioridad una cantidad establecida de semanas o meses para poder cobrar. En todos los casos hay que inscribirse en las oficinas públicas de empleo y mantenerse disponible buscando activamente empleo.

Los impuestos.
El sistema impositivo, de nuevo, es muy diferente según los países. En algunos, se te deduce directamente del salario pero creemos que es de utilidad que sepas que en Dinamarca, Finlandia y en Noruega debes obtener la tarjeta de contribuyente para lograr una deducción correcta de impuestos ya que de no hacerlo, se puede aplicar un tipo impositivo de hasta un 60%.
En el resto de los casos y dependiendo del tiempo que vayas a permanecer es útil informarse en las agencias tributarias nacionales sobre las cantidades que te van a retener para ajustarlas a tus circunstancias.


Además, no olvides que:
Es preferible, y en algunos casos imprescindible, encontrar un empleo antes de salir de España para evitarte problemas. Para ello lo mejor es que dirijas tus esfuerzos a contactar con instituciones públicas que gestionen programas de empleo en el extranjero, que tengan acceso a bolsas de puestos de trabajo o que te asesoren claramente sobre los pasos que tienes que dar y con entidades privadas que sean intermediarios directos con posibles empleadores.
Cuidado con los anuncios de prensa: no es oro todo lo que reluce. Asegúrate de que el trabajo y la remuneración es lo que prometen.
Si de los papeles para tu entrada legal en el país se ocupa quien te contrata, haz un seguimiento del proceso para asegurarte de que todo está en orden. No consientas nunca una situación de trabajador ilegal en un país extranjero pues elimina todos tus derechos para protegerte de la explotación y de situaciones irregulares.





 

 

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