DERECHOS del INQUILINO (Arrendatario) - A la reducción de la renta por obras que realice el propietario.
- A la adquisición preferente de la vivienda en caso de venta.
- A ceder la vivienda, a cualquier persona siempre que se cumplan estos tres requisitos:
- Que en el contrato no se prohiba la cesión.
- La cesión debe ser gratuita.
- Que el arrendador manifieste su conformidad por escrito.
- A ceder el contrato a determinados familiares directos del inquilino (cónyuge o hijo dependiente).
- A realizar obras, con el consentimiento por escrito del propietario.
- A ejercer en la vivienda una actividad profesional o una pequeña industria (sólo sí se permite en el contrato).
Mas información en:
OFICINA DE VIVIENDA JOVEN DE MURCIA Plaza de la Universidad (junto Oficina de Turismo Joven), bajo, s/n
C.P. 30001
Tlf: 968 22 58 01 http://www.civilia.es/vivienda/alquiler/alquiler.html(Oficina de vivienda joven)