DERECHOS Y DEBERES
Permiso de conducir
PERMISO DE CONDUCIR
Es la autorización administrativa obligatoria para conducir vehículos a motor y ciclomotores
Utilidad:
Habilita para la conducción de vehículos a motor y ciclomotores en territorio nacional y en los países de la Unión Europea. El permiso internacional habilita para conducir temporalmente en países no miembros de la U.E.
Expedición:
En las jefaturas provinciales o locales de tráfico.
Requisitos:
Tener 16 años cumplidos para el permiso de la clase A1, 18 años cumplidos para los permisos de la clase A,B, B+E y C, 21 años cumplidos para los permisos de la clase D1, D1+E, D y D+E. Ser residente en España y no estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor. El solicitante deberá reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase de permiso que se solicite y superar las pruebas teóricas y prácticas.
La solicitud deberá hacerse en el impreso oficial, acompañado de fotocopia del DNI en vigor o pasaporte, dos fotografías, informe de aptitud psicofísica y declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
El nuevo Reglamento de Conductores, prevé que los jóvenes de 17 años que hayan superado el examen teórico de conducir puedan conducir con un tutor, previa petición a la Dirección General de Tráfico de una licencia de prácticas.
También se permitirá que los conductores que posean el carné B1 puedan conducir motos de hasta 125 cc.
Validez:
Hasta los 45 años es preciso renovarlo cada 10 años, cada cinco de los 45 a los 70, y cada dos ( o menos) a partir de esa edad.
PERMISOS INTERNACIONALES DE CONDUCCIÓN
DESCRIPCIÓN
El permiso internacional de conducción, necesario para poder conducir temporalmente por el territorio de países no miembros de la Unión Europea, se expide previa petición del interesado, que deberá estar en posesión del permiso nacional de igual clase que la del internacional que solicite.
El modelo de permiso internacional se compone de una cubierta o cartulina en forma de tríptico y 16 páginas, en donde, en diferentes idiomas (español, alemán, inglés, francés, italiano, portugués, árabe y ruso), constan los datos personales del titular y de los permisos que posee. Este tipo de permiso tiene una validez de un año.
Este tipo de permiso no es válido para conducir en el país que lo expide (en nuestro caso, en España), ni es necesario en los que son miembros de la Unión Europea, ni en aquellos que adoptaron el modelo de permiso previsto en los Convenios de Ginebra o Viena, ni en Suiza con quien España tiene suscrito un acuerdo bilateral. En general este permiso será necesario en los países cuyo permiso sea esencialmente diferente del modelo español y por lo tanto del comunitario.
MAS INFORMACION
Tlf: 900 150 000 (Gratuito)
http://www.dgt.es/tramites/conductores/expedicion.htm Página de la Dirección General de Tráfico
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