Inicio > Temas > DERECHOS Y DEBERES

DERECHOS FUNDAMENTALES > Derechos políticos y sociales > Derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio >

Derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio


Derecho a la INTIMIDAD y a la INVIOLABILIDAD del DOMICILIO

Nadie puede entrar en el domicilio de un particular sin su consentimiento. La policía tampoco tiene derecho a entrar si no es con una orden de registro. La violación del domicilio realizada por particulares está tipificada en el Código como allanamiento de morada. Este derecho también protege contra malos olores o ruidos insoportables.

 

Indice de la Constitución Española



Arriba

Compartir en Facebook

Si deseas hacer un comentario, una crítica, sugerencia o propuesta sobre el contenido de esta página puedes utilizar el siguiente formulario.
Mediante este formulario NO se responde a PREGUNTAS y CONSULTAS .
Si quieres realizar una CONSULTA te rogamos que utilices los medios que se indican en la página de: >> CONTACTO <<
Todos los contenidos tienen carácter divulgativo y en ningún caso sustituyen a las notmativas y legislaciones correspondientes a cada tema incluido en este sitio web. El centro Informajoven no se responsabiliza de los contenidos de las páginas Web de otras organizaciones, hacia las que se establecen enlaces desde nuestros documentos, igualmente, no asume la responsabilidad del estado de visualización, ni de los cambios y modificaciones que puedan sufrir dichas páginas y que no hayan sido comunicados a nuestro Centro por sus autores para su corrección oportuna.

© Ayuntamiento de Murcia, 2019. Glorieta de España, s/n - 30004 Murcia - España. Tel.: 968 35 86 00