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Becas

     
             


La Consejería de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior, convoca una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de dos becas para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Europa, curso académico 2024/2025. La finalidad de esta convocatoria es convocar una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de dos becas a jóvenes graduados universitarios para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Europa, en el curso académico 2024/2025, relacionados con asuntos europeos enfocados desde los ámbitos de conocimientos político, jurídico, económico o internacional de integración europea. El abono de la beca se realizará de forma anticipada, con carácter previo a la justificación, en la modalidad de pago único a través de transferencia bancaria en la cuenta designada por la persona beneficiaria, y en los términos establecidos en la correspondiente resolución de concesión, previa aportación por esta del documento que acredite su admisión al curso académico 2024/2025 en el Colegio de Europa para el programa objeto de esta beca. Forma, modelo, lugar y plazo de presentación de las solicitudes: La presentación de la solicitud, deberá efectuarse en lengua castellana mediante procedimiento electrónico, según lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación telemática, se realizará accediendo a la aplicación informática existente en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, https://sede.carm.es (procedimiento número 2092). La cumplimentación y documentación que debe acompañar a la solicitud se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de convocatoria. Procedimiento de selección: El procedimiento de selección, consistirá en una única fase de valoración de méritos que será llevada a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de convocatoria. Bases reguladoras: La presente orden de convocatoria se dicta en aplicación de lo establecido en el la Orden 16 de julio de 2021 de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de la subvención, en régimen de concurrencia competitiva, de concesión de becas para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Europa (BORM número 166, de 21 de julio de 2021), modificada por Orden de 9 de mayo de 2022 de Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía (BORM núm. 114, de 19 de mayo de 2022). Texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/750778

La Consejería de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior, convoca una subvención para la concesión de dos becas de formación y prácticas en asuntos europeos, para el año 2024-2025. Objeto de la convocatoria: Convocar una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de dos beca de formación especializada práctica en asuntos europeos, dirigida a personas físicas graduadas universitarias, para el año 2024/2025. Esta formación de carácter práctico tendrá una duración de doce meses a contar desde el día de la efectiva incorporación de la persona beneficiaria de la beca y, salvo causa de fuerza mayor, se realizará de forma presencial en las sedes que tiene la Dirección General de la Unión Europea en las ciudades de Murcia, durante el primer trimestre y, los tres restantes trimestres en la sede de Bruselas. El importe mensual de la beca estará en función de la sede donde se realice, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Orden de Bases, siendo la cuantía bruta de 1.323,00 euros/mes, durante los meses de estancia en Murcia y, se incrementará durante los meses que se realiza en la sede de Bruselas, siendo la cuantía bruta de 1.700,00 euros/mes. Forma, modelo, lugar y plazo de presentación de las solicitudes: La solicitud de la beca deberá efectuarse en lengua castellana, mediante presentación telemática, accediendo a la aplicación informática existente en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, https://sede.carm.es (procedimiento número 4101). La cumplimentación del formulario específico de solicitud y documentación que debe acompañar a la solicitud se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden de convocatoria. Procedimiento de selección de la persona becada: El procedimiento de selección, consistirá en dos fases que serán llevadas a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de convocatoria. Procedimiento de concesión y resolución: El procedimiento de concesión y resolución, se realizará por los órganos y forma establecida en el artículo 8 de la Orden de convocatoria. Bases reguladoras: Orden de 9 de noviembre de 2020 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía, por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención, en régimen de concurrencia competitiva, de concesión de becas de formación y prácticas en asuntos europeos (BORM núm. 277, de 28 de noviembre de 2020). Texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/749488

La Universidad Complutense de Madrid convoca diversos cursos de verano en El Escorial para el verano de 2024. En este link puedes encontrar toda la programación. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva dos tipos de becas, becas de matrícula y becas de alojamiento y manutención. El procedimiento de adjudicación de dichas becas, recogido en el apartado sexto de la presente resolución, se regirá por los criterios de igualdad, mérito y capacidad. - Beneficiarios: Las becas están destinadas a distintos colectivos, entre los que se encuentran estudiantes de grado, posgrado y egresados, estudiantes de otros niveles educativos, así como colectivos en situación de desempleo, jubilados o público en general para la asistencia a las actividades académicas organizadas por la Fundación General de la UCM en San Lorenzo de El Escorial durante el mes de julio de 2024 recogidas en el anexo I. - Con carácter general podrán solicitar estas ayudas quienes reúnan los siguientes requisitos: A) Todos los solicitantes. Ser mayores de edad y de nacionalidad española, ser nacionales de otro país miembro de la Unión Europea, o ser extracomunitarios con residencia legal en España, o nacionales de países latinoamericanos. B) Estudiantes o titulados universitarios. Titulación académica: Los solicitantes deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos: B.1) Tener matrícula formalizada en el curso académico 2023/2024 en estudios oficiales para la obtención de un título de Grado, Máster o Doctorado en la UCM o en otra Universidad española, o dentro del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), o en programas equivalentes según la normativa vigente. B.2) Haber finalizado cualquiera de los estudios oficiales enumerados en el punto anterior con posterioridad al 31 de diciembre de 2020. B.3) Cualquier graduado o titulado universitario con anterioridad a 2020. 4) Nota media en la titulación: a) Quienes hubieran finalizado sus estudios oficiales, deberán acreditar la nota media de su expediente académico, de Grado o equivalente. b) En el caso de estudiantes de otros sistemas universitarios, la puntuación obtenida por este criterio será la misma que la nota media del alumno (convertida a la escala española). c) La acreditación de la nota media de quienes no hubieran finalizado sus estudios de grado vendrá referida a la media aritmética de los cursos que hayan cursado hasta la fecha de solicitud de la beca. C) Estudiantes beneficiarios del Programa de Ayudas UCM por causas socioeconómicas, el Programa de Ayudas al Estudio Concepción Arenal, el Plan Especial de personas afectadas por la guerra de Ucrania, el Programa de ayuda a las personas Refugiadas, así como estudiantes que hayan sido víctimas de violencia de género. Además de cumplir los requisitos del apartado B), deberán adjuntar la acreditación correspondiente de su situación. D) Miembros de la comunidad universitaria Complutense, profesionales, personas jubiladas o en situación de desempleo. Los solicitantes deberán adjuntar la acreditación correspondiente. E) Alumnos con diversidad funcional acreditada superior a un 33%. Se adjuntará la acreditación correspondiente conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. - No podrán ser beneficiarios de las becas y, por tanto, será causa de exclusión: (i) los trabajadores de la Fundación General de la UCM vinculados a la organización de los Cursos de Verano; (ii) los familiares de primer grado por consanguinidad o afinidad de cualquiera de los miembros de la comisión académica encargada de otorgar las becas. - Cuantía de la beca: Las becas, en cualquiera de sus modalidades, implicarán la exención del abono de determinadas cuantías por los servicios académicos relacionados con los Cursos de Verano, por lo que en ningún caso se producirán abonos directos por parte de la Fundación General de la UCM. Es importante tener en cuenta que la concesión de las becas no exime de la obligación de abonar los gastos de secretaría correspondientes a la formalización de su expediente. Las cuantías de cada una de las becas se presentan en el anexo I. Beca de matrícula: la beca de matrícula comporta, exclusivamente, la exención del pago parcial de la matrícula en el curso o encuentro solicitado. Beca de alojamiento y manutención: la beca de alojamiento y manutención, hasta la cuantía máxima establecida en esta convocatoria, cubre exclusivamente el coste del alojamiento del solicitante matriculado en la actividad académica correspondiente durante el período de duración del curso, en los alojamientos facilitados por la organización. Fuente: Injuve

- Objeto: La iniciación de estudiantes universitarios en la carrera científica en las diferentes áreas globales del CSIC (Vida, Sociedad y Materia) mediante 300 becas para estancias de siete meses consecutivos, que se iniciarán el primer día del mes una vez resueltas las becas, y se disfrutarán en los grupos de investigación que desarrollen su labor en las diferentes estructuras de investigación (EI) con las que cuenta el CSIC, donde se desarrolla la actividad científica y técnica del CSIC, institutos de investigación, centros nacionales, plataformas temáticas interdisciplinares (PTI) y redes científicas. Propiciando una aproximación al conocimiento de los problemas científico-técnicos de actualidad y a los métodos utilizados para su resolución. - Personas beneficiarias: Podrán acceder a la condición de persona beneficiaria de estas becas las personas físicas mayores de edad, de nacionalidad española, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y extranjeros, que reúnan y acrediten los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud. - Requisitos Académicos: Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que cumplan alguna de las siguientes condiciones en el plazo de presentación de solicitudes:Estén matriculadas en un grado, título universitario oficial, de 240 "European Credit Transfer and Accumulation System" (en adelante ECTS), en el curso académico 2023-2024 y que tengan al menos 180 ECTS o el 75% completados correspondientes al grado que estén realizando.Estén matriculadas en un grado, título universitario oficial, de al menos 300 ECTS en el curso académico 2023-2024 y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando.Estén matriculadas en un doble grado, título universitario oficial, de 300 ECTS o más, en el curso académico 2023-2024, y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando.Estén matriculadas en un Máster Universitario oficial durante el curso académico 2023-2024 o 2024-2025. Requisitos generales:Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que cumplan cada una de las siguientes condiciones:No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Doctor/a.No haber sido persona beneficiaria de una beca del programa JAE.No haber disfrutado de una ayuda para un contrato de investigación. Requisitos relativos a la nota media mínima del expediente académico: Para los estudios a los que se aplique el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad:Acreditar una nota media de grado o licenciatura, en una escala decimal de 0- 10 y con 2 decimales, igual o superior a 7,50 para todos los ámbitos del conocimiento, excepto para estudios de doble grado, aquellos pertenecientes a los ámbitos de industrias culturales: diseño, animación, cinematografía y producción audiovisual; ingeniería eléctrica, ingeniería electrónica e ingenieríade la telecomunicación; ingeniería industrial, ingeniería mecánica, ingeniería automática, ingeniería de la organización industrial e ingeniería de la navegación; ingeniería informática y de sistemas; ingeniería química, ingeniería de los materiales e ingeniería del medio natural que será igual o superior a 6,50. Para los estudios a los que se aplique el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales:Acreditar una nota media de grado o licenciatura, en una escala decimal de 0- 10 y con 2 decimales, igual o superior a 7.50 para todas las ramas de conocimiento, excepto para estudios de doble grado y los grados pertenecientes a rama del conocimiento de Ingeniería y Arquitectura que será igual o superior a 6.50.Las personas solicitantes que no hayan finalizado los estudios de grado deberán acreditar estas notas medias para los créditos obtenidos hasta la fecha de presentación de su solicitud en el plazo de presentación de solicitudes. - Bases reguladoras: Orden CIN/895/2022, de 12 de septiembre, por la que se actualiza el Programa «Junta para la Ampliación de Estudios» y se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las becas para la formación por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas. - Importe: La cuantía total de cada beca será de 4.200 euros y será abonada mensualmente. - Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria. Fuente: BOE

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