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Otras convocatorias

     
             


El gobierno ha publicado el Real Decreto-ley 1/2024, de 14 de mayo, por el que se prorrogan las medidas de suspensión de lanzamientos sobre la vivienda habitual para la protección de los colectivos vulnerables La suspensión de lanzamientos hipotecarios prevista en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, vigente hasta el 15 de mayo de 2024, ha formado parte del conjunto de herramientas para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales derivadas del COVID-19, la guerra de Ucrania y, en particular, del aumento de la carga financiera de los hogares asociada a los préstamos hipotecarios sobre la vivienda habitual determinado por el endurecimiento monetario iniciado en el segundo semestre de 2022. Pese a que en los últimos meses la evolución de la inflación ha mejorado, existe incertidumbre acerca del calendario y ritmo de próximas bajadas de tipos de interés que pudieran reflejarse en los préstamos hipotecarios. El efecto negativo de los tipos de interés altos es especialmente perjudicial en las familias más vulnerables, donde se aprecia un mayor incremento de la carga financiera, dada su mayor exposición a deuda a tipo variable, que no se ve mitigado por una mayor remuneración del ahorro. Además, estas familias se han visto afectadas en mayor medida por el incremento de la inflación, cuyas repercusiones se espera que se mantengan a lo largo de los próximos años dado el efecto nivel sobre los precios. En efecto, los hogares del quintil inferior de renta dedican un porcentaje sustancialmente superior de su renta a bienes de primera necesidad, que se han visto especialmente afectados por la inflación, y se enfrentan a un menor margen para modificar sus patrones de consumo ante subidas de precios. En este contexto, resulta necesario mantener la protección de deudores y sus familias que se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad, extendiendo la suspensión durante cuatro años adicionales, hasta el 15 de mayo de 2028, con el fin de evitar que estos deudores y sus familias sean conducidos a una situación de exclusión social. Este real decreto-ley consta de un artículo y dos disposiciones finales. El artículo único modifica el primer párrafo del artículo 1.1 de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, al objeto de prolongar la vigencia de la suspensión de los lanzamientos hipotecarios sobre la vivienda habitual de determinados colectivos vulnerables por cuatro años más, hasta el 15 de mayo de 2028 BOE de 19 de Junio de 2024 https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-9699

- Objeto y ámbito de aplicación: La presente resolución tiene por objeto regular el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado en las enseñanzas de Bachillerato de personas adultas en régimen presencial nocturno y a distancia, en los centros docentes públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el curso académico 2024-2025. - Requisitos de acceso a Bachillerato para personas adultas: 1. Requisitos de edad: a) Con carácter general, para acceder a los estudios de Bachillerato para personas adultas, será requisito imprescindible tener, al menos, dieciocho años de edad o cumplirlos en el año natural en que comience el curso académico. b) Excepcionalmente, también podrán cursar estas enseñanzas los mayores de dieciséis años y que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto rendimiento o alto nivel. c) Igualmente, se podrán matricular las personas mayores de dieciséis años, que por circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, no puedan cursar Bachillerato en régimen ordinario, y quienes no hubieran estado escolarizados en el sistema educativo español, con informe de la Inspección de Educación y previa autorización del Director General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente. En el caso de que desaparecieran las circunstancias excepcionales que le permitieron el acceso a Bachillerato para personas adultas, por razones ajenas al interesado, podrá continuar matriculado en estas enseñanzas si, a juicio de la dirección del centro, ha asistido a las mismas con aprovechamiento. - Requisitos académicos: Podrán acceder a los estudios de Bachillerato para personas adultas quienes estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de cualquiera de los títulos de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional, o de Artes Plásticas y Diseño, o Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior, así como de aquellos títulos declarados equivalentes a efectos académicos. - Solicitudes de admisión de nuevos alumnos en la fase ordinaria: 1. Quien desee participar en la fase ordinaria del proceso de admisión de nuevos alumnos, deberá formalizar la solicitud de admisión, preferentemente con certificado digital, desde el jueves 20 de junio al jueves 4 de julio de 2024, ambos inclusive, a través del trámite en línea disponible en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, https://sede.carm.es (Registro y Guía de Procedimientos y Servicios) con el número de procedimiento 190, y seleccionando el enlace que corresponda según el régimen, presencial nocturno o a distancia, del Bachillerato para personas adultas que desee cursar. El interesado tendrá la opción de cumplimentar la solicitud sin certificado digital. A la citada web se podrá enlazar a través de las siguientes páginas https://www.educarm.es (Educación para Adultos Admisión 2024-2025), y http://www.educadult.com (Convocatorias Admisión específica Bachillerato adultos). En el caso de los menores de edad, será el padre, madre o tutor legal quien cumplimente la solicitud en representación de su hijo o tutelado. - Calendario proceso de admisión de bachillerato para personas adultas en régimen presencial nocturno y a distancia curso 2024-2025: Fase ordinaria: Del 20 de junio al 4 de julio: Periodo de confirmación de continuidad. Del 20 de junio al 4 de julio: Periodo de presentación solicitudes de admisión de nuevos alumnos. 15 de julio: Publicación de listas definitivas de admitidos, no admitidos y excluidos. Del 16 al 31 de julio y del 2 al 9 de septiembre: Matriculación de alumnos que confirman centro y matriculación de nuevos alumnos. Fuente: BORM

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