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Empleo

     
             


Objeto de la convocatoria. 1.1. Constituye el objeto de la presente convocatoria la creación, mediante el sistema de Concurso-Oposición, de una Bolsa de Empleo para la realización de nombramientos como funcionario/as/as interino/as/as, en el Ayuntamiento de Santomera, en la categoría de TRABAJADOR/A SOCIAL PARA EL CENTRO DE ATENCIÓN DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO (CAVI), al objeto de cubrir las correspondientes plazas/puestos de trabajo cuando se dé alguna de las circunstancias del artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: a) La existencia de plazas vacantes, cuando no sea posible su cobertura por funcionario/as de carrera. b) La sustitución transitoria de los titulares, durante el tiempo estrictamente necesario. c) La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto. d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de nueve meses, dentro de un periodo de dieciocho meses. 1.2. Este proceso no implica en ningún caso un nombramiento como funcionario/a/a interino/a/a sino una expectativa para su nombramiento mediante la inclusión del candidato/a/a en una lista que se utilizará para cubrir las plazas de funcionario/a/a interino/a/a que se vayan creando en el Ayuntamiento de Santomera. 1.3. Las características de las plazas o de los puestos de trabajo a cubrir, de conformidad con lo dispuesto en el art. 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP), en relación con su Disposición Transitoria Tercera, son las que a continuación se indican: Grupo/Subgrupo: A/A2. Escala: Administración Especial. Subescala: Técnica. Denominación: Trabajador/a Social. 1.4. La relación funcionarial se llevará a cabo en función de las concretas necesidades, características, requisitos y condiciones (disponibilidad horaria, jornada laboral, descanso semanal) que requiera el puesto de trabajo que se quiera cubrir, y dependiendo en todo caso de la organización y funcionamiento del Servicio para el que se realice el nombramiento interino/a como funcionario/a/a.

Objeto de la convocatoria. Constituye el objeto de la presente convocatoria la creación, mediante el sistema de Concurso-Oposición, de una Bolsa de Empleo para la realización de nombramientos como funcionario/as interino/as, en el Ayuntamiento de Santomera, en la categoría de Arquitecto/a Técnico, al objeto de cubrir los correspondientes puestos de trabajo cuando surgieren supuestos de necesidad por razón de creación de nuevos servicios, generación de vacantes, ausencias, enfermedades o sustituciones u otras circunstancias temporales (programas específicos, acumulación de tareas, etc.). Este proceso no implica en ningún caso una contratación, sino una expectativa. Los puestos de trabajo a cubrir corresponderán o serán equivalentes al Grupo A, Subgrupo A2, de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), en relación con su Disposición Transitoria Tercera. Los servicios se prestarán en función de las concretas necesidades, características, requisitos y condiciones (disponibilidad horaria, jornada laboral, descanso semanal) que requiera el puesto de trabajo que se quiera cubrir y dependiendo de la organización y funcionamiento del departamento o servicio para el que se realice la contratación. La presente convocatoria persigue la provisión de dicha plaza de trabajo con la máxima urgencia y se justifica con el artículo 10 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público 5/2015, que permite el nombramiento de funcionario/as interino/as, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, para el desempeño de funciones propias de funcionario/as/as de carrera. Al/a titular de la plaza le incumbirá el desempeño del cometido propio de la profesión y las funciones asignadas en la catalogación de puestos de trabajo, así como realizar todas cuantas tareas propias de su categoría le sean encomendadas por superior jerárquico.

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