Convocatoria de oposición para cubrir 111 plazas del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Administración Pública Regional
Descripción:
Se convocan pruebas selectivas para cubrir 111 plazas del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Administración Pública Regional. De estas 111 plazas, 8 se reservan para rl turno de personas con discapacidad, derivadas: - 70 plazas del Decreto 296/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia para al año 2021. - 40 plazas del Decreto 297/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2021. - 1 plaza del Decreto 58/2022, de 19 de mayo, por el que se aprueba la oferta adicional de empleo público extraordinario para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases: A). Fase de oposición B). Fase de concurso
Destinatarios:
Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos señalados en la base general segunda, en lo que resulte de aplicación, de la Orden de 17 de junio de 2004, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que regirán las convocatorias de pruebas selectivas para acceso a los distintos Cuerpos de la Administración Regional, requiriéndose además los siguientes: - Las personas aspirantes deberán poseer la nacionalidad española o la de otro Estado miembro de la Unión Europea, así mismo podrán participar los cónyuges de las personas españolas y de las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente, podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras. - Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. - Estar en posesión de la titulación de Formación Profesional de primer grado, Graduado Escolar o equivalente. o en condiciones de obtenerla por haber abonado los derechos para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
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