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Categoría: Ayudas para Medio Ambiente
Título: Subvenciones para la realización de instalaciones para el autoconsumo energético y almacenamiento

Descripción:

El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones para la realización de instalaciones para el autoconsumo energético y almacenamiento, en los sectores de servicios y otros sectores productivos, sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector, así como para la realización de aplicaciones térmicas en el sector residencial en la región de Murcia, de conformidad con las bases establecidas en el Real Decreto Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

Actuaciones subvencionables.
a) Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
b) Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
c) Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
d) Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
e) Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector.
f) Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Las actuaciones subvencionables deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 y anexo I del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, y realizarse en el territorio de la Región de Murcia.
A efectos de elegibilidad de las actuaciones relativas a los Programas de incentivos 1, 2 y 3, dado el carácter incentivador de las ayudas, solo se admitirán actuaciones iniciadas en todo caso con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda. A efectos de elegibilidad de las actuaciones relativas a los Programas de incentivos 4, 5 y 6, solo se admitirán actuaciones iniciadas en todo caso con posterioridad a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.


Destinatarios: Podrán ser beneficiarios de las ayudas los destinatarios que se relacionan a continuación y que cumplan con los requisitos que se especifican, de conformidad con los artículos 11 y 12 del real decreto de bases, según lo previsto en el mismo para cada programa de incentivos previsto por el artículo 13 de dicho real decreto.
a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros, los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada, las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía, las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
c) Las personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
d) Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas.
e) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.
f) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
g) Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal
Inicio de la actividad: Inicio de la inscripción: //
Finalización de la actividad: Fin de la inscripción: //
Localidad: Municipio:
Provincia: País: ESPAÑA
Importe: La cuantía inicial de los fondos asignados a la presente convocatoria asciende a un importe de 17.465.471,04 euros

Observaciones:

Más información BORM de 22 de octubre de 2021
https://www.borm.es/#/home/anuncio/22-10-2021/6366

Entidad convocante: Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos
Carácter de la entidad: Administración Pública
Dirección postal: Calle / San Cristóbal Nº 6, Piso ., C.Postal 30001
Localidad: - Municipio: MURCIA
Provincia: MURCIA País: ESPAÑA
Teléfono: 968366134
Correo Electrónico: gabinete.ceeup@carm.es
Dirección web: https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=818&IDTIPO=14 ...


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