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Categoría: Ayudas a Educación
Título: Convocadas ayudas de matrícula para el curso académico 2021-2022, promovidas por la Oficina de Atención Social de la Universidad de Murcia

Descripción:

La Oficina de Atención Social tiene la finalidad de cubrir las necesidades económicas y sociales de los estudiantes en situación de vulnerabilidad social de la Universidad de Murcia. En relación con las dificultades económicas, la Universidad de Murcia, a través de estas ayudas de carácter económico y puntual, trata de evitar que ninguna persona se vea privada de su derecho a la educación superior universitaria.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en la presente convocatoria las personas interesadas que reúnan las siguientes condiciones:

De carácter académico:
1. Tener la condición de estudiante en enseñanzas oficiales impartidas por la Universidad de Murcia durante el curso 2020-2021, con inclusión de los estudiantes de los centros adscritos a la Universidad de Murcia.
2. Estar matriculado en la Universidad de Murcia en el curso 2021-2022, en alguna de las enseñanzas oficiales de grado, máster o doctorado.
3. No ser beneficiario o beneficiaria durante el curso 2021-2022 de otra beca o ayuda al estudio de carácter público o privado cuya convocatoria la declare incompatible con la presente.

De carácter socioeconómico:
Para la concesión de la ayuda será preciso que el o la estudiante, o bien alguno o ambos de sus sustentadores principales (padre, madre, tutor u otra persona o personas que ejerzan análogo cuidado), haya experimentado una alteración significativa de sus circunstancias sociales y/o económicas durante el último curso académico 2020/2021. Respecto a las situaciones sociales, comprenderán todas aquellas que puedan repercutir negativamente en el rendimiento académico del estudiante, contemplándose, entre otras: orfandad simple o absoluta, situación de discapacidad y/o dependencia, ser cuidador/a principal de personas en situación de dependencia, encontrarse en tratamiento oncológico o padecer alguna enfermedad de carácter crónico invalidante, participar en tratamiento de desintoxicación a cualquier tipo de adicción, padecer enfermedad mental diagnosticada, formar parte de unidad familiar donde exista orden desahucio, constituir una unidad familiar monoparental con hijos a cargo, formar parte de familia numerosa en categoría especial, haber sido tutelado durante su infancia por la Entidad Pública, haber sido víctima de violencia de género o violencia intrafamiliar, solicitante o beneficiario de protección internacional, así como cualquier otra situación de análoga naturaleza debidamente acreditada y justificada que muestre que la persona solicitante se encuentra en situación de vulnerabilidad y/o exclusión social. En relación a las situaciones económicas, se entenderá entre otras y con carácter enunciativo y no limitativo, alguna de las siguientes: Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE); situación legal de desempleo; suspensión de contrato de trabajo; cese o interrupción de actividad profesional en el caso de trabajadores autónomos; suspensión de la actividad de negocio por cierre de establecimiento u otra causa análoga en el supuesto de pequeños empresarios. Serán asimilables a las anteriores cualesquiera circunstancias equivalentes a las mismas. A tal efecto, la Comisión de Selección prevista en la base 9ª queda expresamente facultada para realizar la interpretación y aplicación de estas bases con la finalidad de apreciar o de comprobar la efectiva concurrencia de situación de alteración significativa de las circunstancias sociales y/o económicas procurando, en todo caso, atender a la realidad material subyacente y sin perjuicio de las acreditaciones documentales que a tal efecto puedan ser requeridas.

De carácter patrimonial: Para optar a la concesión de ayuda se han de reunir los siguientes requisitos patrimoniales: No superar los límites de patrimonio establecidos en el Real Decreto 471/2021, de 29 de junio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2021-2022, de acuerdo con los límites que se indican a continuación:
- FINCAS URBANAS. La suma de los valores catastrales de las fincas urbanas que pertenezcan a la unidad familiar, excluida la vivienda habitual, no podrá superar los 42.900 €.
- FINCAS RÚSTICAS. La suma de los valores catastrales de las fincas rústicas que pertenezca a la unidad familiar no podrá superar los 13.130€ por cada miembro computable de la unidad familiar.
- CAPITAL MOBILIARIO/GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES. La suma de los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario, más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales pertenecientes a los miembros computables de la familia, no podrá superar los 1.700 €.
- VARIOS ELEMENTOS PATRIMONIALES. Cuando sean varios los elementos patrimoniales, se calculará el porcentaje de valor de cada elemento patrimonial respecto del umbral correspondiente. Se denegará la ayuda cuando la suma de los referidos porcentajes supere cien.
- ACTIVIDADES ECONÓMICAS. Se denegará la ayuda cuando alguno de los miembros computables de la familia sea titular de cualquier actividad económica con un volumen de facturación en el año 2020 superior a 155.500 €.

En caso de no quedar debidamente justificado el patrimonio de la unidad familiar, la ayuda será denegada.

La ayuda será destinada a compensar total o parcialmente los gastos por derechos académicos correspondientes a la matrícula del curso 2021/2022, hasta un máximo de 60 créditos ECTS. Para ello se tendrán en cuenta, en primer lugar, los créditos matriculados en primera matrícula, en su caso, y continuando con los de segunda y tercera matrícula, en su caso, hasta completar el máximo de 60 créditos. Quedarán excluidos los gastos por cuarta y ulteriores matrículas para los alumnos de los estudios de grado. En el caso de las titulaciones de máster solamente se admitirá primera o segunda matrícula, con las limitaciones establecidas en el párrafo anterior. En el supuesto de estudios de doctorado solamente se admitirá la matrícula de segundo o ulterior año.

Las solicitudes se presentarán con arreglo al impreso que figura como Anexo I, debidamente cumplimentado y acompañado de la documentación que figura en la base 4ª, a través del Registro Electrónico de la Universidad de Murcia. En el caso de no disponer de medios electrónicos para formular la solicitud, se podrá recabar el auxilio de las oficinas de registro de la Universidad de Murcia (Oficina de Asistencia en Materia de Registros). A tal fin, la solicitud cumplimentada y la documentación aneja se incorporarán como anexos a una instancia básica en la que la persona interesada se limitará indicar que formula solicitud para la “Convocatoria de ayudas de matrícula para el curso académico 2021-2022 promovidas por la Oficina de Atención Social” y que habrá de dirigir a la Sección de Becas de la Universidad de Murcia El plazo para la presentación de solicitudesserá desde el día de su publicación en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM) https://sede.um.es/sede/tablon/listaApartado.seam?cid=40239hasta el 30 de julio de 2021.




Inicio de la actividad: Inicio de la inscripción: //
Finalización de la actividad: Fin de la inscripción: 30/07/2021
Localidad: Municipio:
Provincia: MURCIA País: ESPAÑA

Observaciones:

Toda la información sobre esta convocatoria de ayudas aquí:
https://www.um.es/documents/23458994/23482709/toum-92855.pdf/798ceab8-cc82-0736-d553-04300966d5d5?t=1626195485877&fbclid=IwAR0VaI2VFswo6WrzbHCCSV35umL71ECrp3GJW8NEsKVgcldSC_sUkHZ_prE

Entidad convocante: Universidad de Murcia
Carácter de la entidad: Administración Pública
Dirección postal: Avenida / Teniente Flomesta Nº 5, Piso ., C.Postal 30003
Localidad: - Municipio: MURCIA
Provincia: MURCIA País: ESPAÑA
Teléfono: 868 883000 Fax: .
Dirección web: http://www.um.es/


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