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Categoría: Ayudas a Cultura
Título: Convocadas las Ayudas Injuve para la Creación Joven 2021/2022

Descripción:

La Dirección General del Instituto de la Juventud convoca las Ayudas Injuve para la Creación Joven 2021/2022.

El objeto de la convocatoria es favorecer el trabajo de jóvenes creadores, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, facilitar su promoción y la difusión de su obra, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar durante el año 2022 en el ámbito de las artes visuales, escénicas, música, literatura, así como en el diseño y el cómic e ilustración, con proyección suprautonómica, nacional o internacional a través de las siguientes líneas de actuación:

a) Producción de obra.
b) Movilidad de obra producida y/o creadores.
c) Emprendimiento para la creación emergente.
d) Sala Amadís del Instituto de la Juventud.

La cuantía individualizada de las ayudas será de 5.000€ para los proyectos de producción de obra y de movilidad de obra o creadores, de 10.000€ para los proyectos de emprendimiento para la creación emergente y de 7.000€ para los proyectos de la Sala Amadís, con independencia del coste total estimado del proyecto a desarrollar.

Las subvenciones se concederán en régimen de pagos anticipados.
La solicitud deberá ajustarse al modelo de instancia y acompañada de la siguiente documentación técnica:

a) El Dossier de proyecto.
b) Cartas de aceptación o invitación.
c) Dossier de trabajos realizados.

Los modelos de solicitud aquí:
https://sede.mscbs.gob.es/registroElectronico/formularios.htm

Bases reguladoras:
ORDEN IGD/3723/2008, de 10 de diciembre («BOE» de 20 de diciembre), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, premios, ayudas y becas por el Ministerio de Igualdad y sus organismos públicos adscritos, modificada por la Orden IGD/1176/2010, de 4 de mayo (BOE de 7 de mayo).

ANEXOS:
ANEXO I –SOLICITUD PARA PERSONAS FÍSICAS:
http://www.injuve.es/sites/default/files/adjuntos/2021/04/anexo_i.1.pdf
ANEXO I.2-SOLICITUD PARA PERSONAS JURÍDICAS:
http://www.injuve.es/sites/default/files/adjuntos/2021/04/anexo_i.2.pdf
ANEXO I.3-SOLICITUD PARA AGRUPACIONES DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS SIN PERSONALIDAD:
http://www.injuve.es/sites/default/files/adjuntos/2021/04/anexo_i.3.pdf
ANEXO II.1 - AUTORIZACIÓN Y DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PERSONAS FÍSICAS:
http://www.injuve.es/sites/default/files/adjuntos/2021/04/anexo_ii.1.pdf
ANEXO II.2 - AUTORIZACIÓN Y DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PERSONAS JURÍDICAS:
http://www.injuve.es/sites/default/files/adjuntos/2021/04/anexo_ii.2.pdf
ANEXO III - PODER DE REPRESENTACIÓN PARA AGRUPACIONES DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS SIN PERSONALIDAD:
http://www.injuve.es/sites/default/files/adjuntos/2021/04/anexo_iii.pdf
ANEXO IV - COMPROMISO DE EJECUCIÓN PARA AGRUPACIONES DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS SIN PERSONALIDAD:
http://www.injuve.es/sites/default/files/adjuntos/2021/04/anexo_iv.pdf

Los modelos de solicitud y acceso a la sede electrónica de la Dirección General de Juventud aquí:
https://sede.mscbs.gob.es/registroElectronico/formularios.htm

Fuente: INJUVE









Destinatarios: Personas físicas y jurídicas, mayores de edad, de nacionalidad española y todas aquellas con residencia legal en España, que no superen los 30 años de edad, en los supuestos de Producción de obra y Movilidad de obra producida y/o creadores, o los 35 años en los supuestos de Emprendimiento para la creación emergente y Sala Amadís del Instituto de la Juventud, el día 31 de diciembre del año 2021, y que se encuentren en la situación que fundamente la concesión de las ayudas, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones.

En los casos de proyectos en los que participe más de una persona es obligatorio que el requisito de edad lo cumplan tanto los beneficiarios como todos los colaboradores en el mismo (únicamente podrá exceptuarse este requisito cuando por exigencia del texto teatral se requiera).

Las personas que hayan sido premiadas o seleccionadas en anteriores convocatorias de Premios Injuve para la Creación Joven no podrán solicitar ayuda para proyectos de los supuestos de Producción de obra y Movilidad de obra producida y/o creadores.

Las personas beneficiarias de Ayudas Injuve para la Creación Joven en anteriores convocatorias no podrán solicitar ayuda para proyectos que se encuadren dentro de la misma línea de actuación por la que han sido beneficiarias.
Inicio de la actividad: Inicio de la inscripción: 07/04/2021
Finalización de la actividad: Fin de la inscripción: 04/05/2021
Localidad: Municipio:
Provincia: MADRID País: ESPAÑA
Importe: El crédito presupuestario total para estas subvenciones será de 244.000€

Observaciones:

Publicación en el BOE de la convocatoria:
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/06/pdfs/BOE-B-2021-16596.pdf

Resolución de la convocatoria:
http://www.injuve.es/sites/default/files/adjuntos/2021/04/resolucion_convocatoria_ayudas_creacion_joven_2021.pdf

Texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/555092)


Entidad convocante: INJUVE. Instituto de la Juventud de España.
Carácter de la entidad: Administración Pública
Contacto: María Teresa Pérez
Dirección postal: Calle / Ortega y Gasset Nº 71, Piso -, C.Postal 28006
Localidad: - Municipio: MADRID
Provincia: MADRID País: ESPAÑA
Teléfono: 917827600 Fax: 914022194
Correo Electrónico: informacioninjuve@injuve.es
Dirección web: http://www.injuve.es/


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