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Descripción:
Importe: Subvención a fondo perdido con una intensidad a tipo fijo del 60% del gasto subvencionable y un importe máximo por beneficiario de 30.000 euros
Ayuda con carácter de minimis. Reglamento (UE) Nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.
Beneficiario: PYMES, comunidades de bienes, autónomos y personas jurídicas, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura, y a la producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Solo podrán solicitar estas ayudas aquellas empresas cuyo volumen de exportación, entendiendo por tales las entregas extracomunitarias del año 2023 no rebase el 50% de su facturación total.
Se considerarán costes subvencionables:
a) Costes derivados de los desplazamientos de una persona de la empresa a los mercados objetivo para la realización de las acciones contempladas en su plan de internacionalización.
b) Costes vinculados a la participación, de forma agrupada o individual, en ferias, eventos expositivos y promocionales de carácter internacional, demostraciones de producto, presentaciones, temporary shops, desfiles, festivales, certámenes, exposiciones, jornadas técnicas, degustaciones, catas, promociones en punto de venta o similares, encuentros internacionales b2b u otros eventos de similar naturaleza.
c) Costes relacionados con las acciones de marketing internacional.
f) Costes derivados de la puesta en marcha de una oficina de representación en el exterior.
g) Costes indirectos, calculados como el 5% de la suma de los costes aprobados y comprobados.
Fuente: INFO
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