Descripción:
Beneficiarios
Empresas (personas jurídicas y autónomos) e instituciones sin fines de lucro que tengan como actividad, única o entre otras, la edición de revistas culturales.
Las entidades deberán tener residencia fiscal en España. Las instituciones sin fines de lucro podrán tener un ámbito estatutario nacional o internacional, siendo excluidas aquellas que tengan un ámbito exclusivamente autonómico o local.
Quedan excluidas las comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, así como otras entidades sin personalidad jurídica.
Son publicaciones pertenecientes al ámbito de la cultura aquellas dedicadas a alguna de las siguientes materias:
- Literatura y lingüística.
- Artes plásticas, artes escénicas, música.
- Diseño, fotografía, creación audiovisual, cinematografía.
- Historia, geografía, arquitectura.
- Filosofía, ciencias sociales, jurídicas y políticas y crítica de la cultura.
No se podrá financiar más del 50% del coste de publicación de la revista.
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