Subvenciones de fomento de las prácticas no laborales para jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la Región de Murcia
Descripción:
El Servicio Regional de Empleo y Formación, convoca subvenciones de fomento de las prácticas no laborales en la Región de Murcia, para jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. El objeto de la convocatoria son las prácticas no laborales reguladas mediante Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas, que se realicen a personas jóvenes beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y residentes en la Región de Murcia
Bases reguladoras: Orden de 31 de julio de 2018, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprobaron las bases reguladoras de los programas de subvenciones para fomentar la contratación y las prácticas no laborales en la Región de Murcia (BORM número 184, de 10 de agosto), modificada por la Orden de 26 de marzo de 2019 (BORM n.º 74 de 30 de marzo) y por la Orden del 16 de diciembre de 2020 (BORM n.º 302 de 31 de diciembre).
Financiación y cuantía: El crédito disponible máximo con que cuenta la convocatoria para la participación en esta actuación es de 196.800,00€. Las subvenciones que se convocan serán financiadas con cargo al presupuesto de gastos del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) para el ejercicio 2022 y financiadas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. La cuantía individual estará en función del acuerdo que suscriba la empresa y la persona joven que no podrá ser inferior a 6 meses y la beca de apoyo que percibirá el joven no podrá ser inferior al 110 por cien del IPREM mensual vigente en cada momento y que deberá constar en el citado acuerdo. El importe a subvencionar será de 2.400€
El plazo para la presentación de solicitudes de subvención será de 15 días a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social por la realización de las prácticas no laborales (fecha de inicio de las prácticas no laborales). Sólo serán admitidos los acuerdos de prácticas no laborales realizados a partir del día siguiente de la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Además, para su admisión a trámite todas las solicitudes de subvención deberán ser presentadas en el periodo comprendido entre el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria y el 30 de septiembre de 2022, siendo éste el último día de presentación de solicitudes.
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones de esta convocatoria, las pequeñas y medianas empresas (incluidos autónomos) cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia. 2. Las empresas que deseen acogerse a estas ayudas previamente deben haber firmado un convenio de colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto 1543/2011 arriba citado.
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