GUÍA PRACTICA PARA ASOCIACIONES JUVENILES |
Personal contratado |
| FUNCIONAMIENTO
ECONÓMICO
Personal contratado |
Las asociaciones
juveniles pueden tener contratado personal según las
modalidades legalmente vigentes. En este caso no existe diferencia con una empresa con ánimo de lucro y estará sujeta al pago de los impuestos establecidos reglamentariamente. Además del pago de la nómina del trabajador, deberá de satisfacer los Seguros Sociales que mensualmente correspondan e ingresar las retenciones de I.R.P.F trimestralmente. Las asociaciones juveniles podrán beneficiarse de las bonificaciones a empresas según los tipos de contratos existentes. La primera obligación cuando una asociación va a realizar un contrato a un trabajador es darse de alta como empresa en el Instituto Nacional de la Seguridad Social que, ¡ojo!, no tiene nada que ver con el Registro Mercantil.
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Ayuntamiento de Murcia - Concejalía de Juventud y Deportes - Programa de Participación Juvenil |