GUÍA PRACTICA PARA ASOCIACIONES JUVENILES

 

Personal contratado

FUNCIONAMIENTO ECONÓMICO

Libro de Caja

Apertura de cuentas

Presupuestos y Balances

Sobre el I.V.A.

El I.A.E.

El I.R.P.F.

Personal contratado

Otros impuestos

Las asociaciones juveniles pueden tener contratado personal según las modalidades legalmente vigentes.

En este caso no existe diferencia con una empresa con ánimo de lucro y estará sujeta al pago de los impuestos establecidos reglamentariamente. Además del pago de la nómina del trabajador, deberá de satisfacer los Seguros Sociales que mensualmente correspondan e ingresar las retenciones de I.R.P.F trimestralmente.

Las asociaciones juveniles podrán beneficiarse de las bonificaciones a empresas según los tipos de contratos existentes.

La primera obligación cuando una asociación va a realizar un contrato a un trabajador es darse de alta como empresa en el Instituto Nacional de la Seguridad Social que, ¡ojo!, no tiene nada que ver con el Registro Mercantil.

 

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