| GESTIÓN
Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LAS ASOCIACIONES Funcionamiento Administrativo
Funcionamiento
Orgánico
Funcionamiento
Grupal
La
Responsabilidad Civil
Disolución de la Asociación
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En general, las Asociaciones
Juveniles que dejan de funcionar de hecho, por cualquier causa,
no proceden como correspondería según la legislación
vigente y además sus propios Estatutos, en los cuales
uno de los capítulos siempre está dedicado a este apartado. A la larga, si no deseamos seguir con el
proyecto de asociación que un dia constituimos, es
aconsejable darle una conclusión y fin legal a todos los
efectos, de esta forma nos ahorraremos posibles
quebraderos de cabeza en un futuro, con cables que hayamos
dejado sueltos o con futuros problemas legales.
El proceso no es complicado en
absoluto y os lo definimos brevemente a continuación:
Cuando los socios que en ese
momento sigan de una u otra forma activos en el seno
de una asociación y por los motivos que fuesen quieran
dar por concluida la " misión " de la entidad
en la sociedad, han de celebrar una Asamblea General
Extraordinaria convocada para ese fin.
En dicha Asamblea se han de
tomar los siguientes acuerdos:
- Causas de la disolución
de la asociación.
- Miembros de la
Asociación que actuarán como Comisión Liquidadora
del Haber Resultante.
- Destino del haber
resultante, si lo hubiera.
Una vez efectuada la Asamblea
se seguirá el siguiente proceso:
- La Comisión Liquidadora
examinará los haberes de la asociación, en
un plazo de quince días, tanto materiales
como económicos, si los hubiere, y
realizará un inventario de los mismos, formalizando un
acta.
- Aplicar el destino del
haber resultante tal y como establecen los Estatutos.
Si no se especifica la entidad a entregar
dicho haber en esta norma, la Asamblea General
Extraordinaria deberá decidir la entidad a
la que se va a hacer entrega, en su caso, de dicho
haber.
- El Presidente de la
Asociación, que actuará a su vez de Presidente
de la Comisión Liquidadora, realizará un escrito comunicando la
disolución al
Registro correspondiente.
- De la misma forma el
Secretario certificará, con el Vº Bº del Presidente,
el acuerdo de disolución, que se acompañará al documento
mencionado en el punto anterior.
Esta es la forma correcta de
actuar en caso que tengamos el delicado trabajo de proceder
a la disolución de una asociación juvenil.
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