GUÍA PRACTICA PARA ASOCIACIONES JUVENILES

 

Disolución de la Asociación

GESTIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LAS ASOCIACIONES

Funcionamiento Administrativo

Funcionamiento Orgánico

Funcionamiento Grupal

La Responsabilidad Civil

Disolución de la Asociación

En general, las Asociaciones Juveniles que dejan de funcionar de hecho, por cualquier causa, no proceden como correspondería según la legislación vigente y además sus propios Estatutos, en los cuales uno de los capítulos siempre está dedicado a este apartado.

A la larga, si no deseamos seguir con el proyecto de asociación que un dia constituimos, es aconsejable darle una conclusión y fin legal a todos los efectos, de esta forma nos ahorraremos posibles quebraderos de cabeza en un futuro, con cables que hayamos dejado sueltos o con futuros problemas legales.

El proceso no es complicado en absoluto y os lo definimos brevemente a continuación:

Cuando los socios que en ese momento sigan de una u otra forma activos en el seno de una asociación y por los motivos que fuesen quieran dar por concluida la " misión " de la entidad en la sociedad, han de celebrar una Asamblea General Extraordinaria convocada para ese fin.

En dicha Asamblea se han de tomar los siguientes acuerdos:

  • Causas de la disolución de la asociación.
  • Miembros de la Asociación que actuarán como Comisión Liquidadora del Haber Resultante.
  • Destino del haber resultante, si lo hubiera.

Una vez efectuada la Asamblea se seguirá el siguiente proceso:

  • La Comisión Liquidadora examinará los haberes de la asociación, en un plazo de quince días, tanto materiales como económicos, si los hubiere, y realizará un inventario de los mismos, formalizando un acta.
  • Aplicar el destino del haber resultante tal y como establecen los Estatutos. Si no se especifica la entidad a entregar dicho haber en esta norma, la Asamblea General Extraordinaria deberá decidir la entidad a la que se va a hacer entrega, en su caso, de dicho haber.
  • El Presidente de la Asociación, que actuará a su vez de Presidente de la Comisión Liquidadora, realizará un escrito comunicando la disolución al Registro correspondiente.
  • De la misma forma el Secretario certificará, con el Vº Bº del Presidente, el acuerdo de disolución, que se acompañará al documento mencionado en el punto anterior.

Esta es la forma correcta de actuar en caso que tengamos el delicado trabajo de proceder a la disolución de una asociación juvenil.

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