GUÍA PRACTICA PARA ASOCIACIONES JUVENILES

 

La Responsabilidad Civil

GESTIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LAS ASOCIACIONES

Funcionamiento Administrativo

Funcionamiento Orgánico

Funcionamiento Grupal

La Responsabilidad Civil

Disolución de la Asociación

Siguiendo el concepto del art. 1902 del Código Civil, se puede decir que será responsable civilmente el que por su acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia está obligado a reparar el daño causado.

Dicha responsabilidad civil además de perseguir la reparación de un daño causado quiere establecer unos criterios didácticos de responsabilidad a la hora de realizar acciones, intentando eliminar que se produzcan riesgos en la realización de determinadas actividades.

Las actividades que realizan las asociaciones juveniles pueden entrañar riesgos para los participantes, pudiéndose producir accidentes no deseados pero que se ocasionan por algunas de las siguientes causas:

  • Negligencia o falta de atención y del adecuado cuidado en la actividad.
  • Imprudencia del monitor al actuar arriesgadamente en una actividad.
  • Impericia o falta de técnica y/o conocimientos.

Todos estos hechos pueden ocasionar un grave perjuicio moral y económico a la asociación o al monitor responsable de la actividad.

Para ello es importante que todas aquellas organizaciones juveniles que realicen actividades que puedan suponer un riesgo para los participantes, tengan suscrito un Seguro de Responsabilidad Civil.

En este sentido, cualquier compañía de seguros nos puede informar del seguro adecuado para cada caso y de las tarifas a aplicar.

La suscripción de esta póliza es especialmente indicada para asociaciones que realicen las siguientes actividades:

  • Campamentos, acampadas, intercambios, etc.
  • Deportes de riesgo.
  • Actividades en montaña.
  • Actividades náuticas.
  • Conciertos y espectáculos de gran afluencia.

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