DERECHOS Y DEBERES
IMPUESTOS
El hecho imponible de los impuestos está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica, que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo en su conjunto, gravan la posesión de un patrimonio, la circulación de ciertos bienes o la adquisición o gasto de la renta. La obligación de pagar impuesto se justifica en la necesidad de que el ciudadano contribuya a sufragar no sólo las actividades de la Administración que le benefician directamente, sino, también la totalidad del gasto público, esto es, lo que resulta útil a toda la sociedad.
Los impuestos que se pagan en función del patrimonio y nivel de renta de los ciudadanos, se clasifican fundamentalmente en directos, que son aquellos cuyo hecho imponible es directamente la renta o el patrimonio del contribuyente, e indirectos, en los que el hecho imponible es la realización de ciertos actos (consumo, actividad profesional, adquisición de ciertos bienes) que demuestran indirectamente su capacidad contributiva.
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