Ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas correspondientes al año 2022
Descripción:
El Ministerio de Cultura y Deporte, convoca las ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos tienen por objeto modernizar e innovar las industrias culturales y creativas que actúen en alguno de los siguientes sectores: arquitectura, artes audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, artes interactivas, cine, diseño, gestión cultural, libros, moda, música y danza, nuevos géneros creativos multimedia, nuevos medios de comunicación, patrimonio cultural, publicidad, radio y televisión y turismo cultural, correspondientes al año 2022.
La Sede Electrónica estará disponible en la web del Ministerio de Cultura y Deporte a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE y hasta las 14 horas del último día de presentación.
Bases reguladoras: Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. Publicada en el B.O.E. núm. 275 de 13 de noviembre de 2010.
Destinatarios:
1. Podrán ser beneficiarios los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las pequeñas empresas y las microempresas, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y tengan residencia fiscal en España.Se entiende por microempresa y por pequeña empresa las que con tal carácter se definen en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003, publicada en el DOUE núm. 124, de 20 de mayo de 2003.2. Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las entidades sin ánimo de lucro. 3. Los beneficiarios no podrán obtener ayuda en más de tres convocatorias consecutivas. Por tanto, las entidades que hayan sido beneficiarias en las tres últimas convocatorias no podrán presentarse a la presente convocatoria, quedando excluidas en el caso de hacerlo. 4. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo LGS).
Inicio de la actividad:
Inicio de la inscripción:
07/04/2022
Finalización de la actividad:
Fin de la inscripción:
29/04/2022
Localidad:
Municipio:
Provincia:
MADRID
País:
ESPAÑA
Importe:
El importe máximo imputable a la convocatoria será de 2.940.000€
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