|
Descripción:
Se ha publicado en el BORM nº 111, del sábado 16 de mayo de 2026, Extracto Resolución 12 de mayo de 2025 de la Directora Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se convocan ayudas para proyectos que se ejecuten durante el año 2026, a través de subvenciones a fundaciones y asociaciones “sin ánimo de lucro” de pacientes y familiares de pacientes que desarrollen en la Región de Murcia, programas de prevención de la enfermedad, ayuda mutua y autocuidados para personas con enfermedades crónicas ejecutados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.
El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/905326)
Serán objeto de subvención los que desarrollen alguna o algunas de las siguientes actividades:
1. Formación, información, divulgación y sensibilización de la población sobre la enfermedad y sus problemas asociados. En el caso de proyectos que incluyan la realización de actuaciones de formación se presentará la documentación acreditativa de la cualificación profesional de las personas que hayan de realizarlas y, de forma obligada, el proyecto de formación.
2. Actividades de carácter sanitario dirigidas a mejorar la asistencia y la calidad de vida de los enfermos, entendiendo como tales, la rehabilitación, la logopedia y la terapia ocupacional, entre otras.
3. Ayuda a personas con trastornos de la conducta alimentaria.
4. Actividades de acompañamiento, de carácter lúdico, entretenimiento, educativas o mediación, dirigidas a los pacientes ingresados en los centros hospitalarios de la Región.
5. Atención y apoyo psicológico y emocional al enfermo y sus familiares.
6. Promoción de hábitos de vida saludables que incidan favorablemente en la evolución y pronóstico de la enfermedad.
7. Actuaciones dirigidas a la promoción de la solidaridad, evitando cualquier tipo de discriminación de los enfermos y fomentando el reconocimiento de los derechos que el ordenamiento jurídico les otorga.
8. Actividades dirigidas a cubrir necesidades de carácter sanitario de los enfermos, no cubiertas por el Sistema Sanitario Público.
9. Atención a pacientes en riesgo de exclusión social, con discapacidad o en estadio de enfermedad avanzada, mejorando así su calidad de vida.
Fuente: BORM
|